El pasado domingo 11 de septiembre, el jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb), Remigio Ceballos Ichaso, escribió mensajes directos e intimidatorios a la cuenta personal de Twitter de Maolis Castro, periodista y colaboradora del diario El País (España) en Caracas.

Ceballos Ichaso escribió estos mensajes a la periodista el mismo día que se publicó un reportaje en el portal web Armando.Info, firmado por Maolis Castro y titulado “Los expedientes ocultos de un edecán de Chávez”, en el que se señala al militar por estar involucrado en presuntos hechos de corrupción durante su gestión en la Primera Brigada de la Infantería Marina CN. Manuel Ponte Rodríguez de la Armada. 

El trabajo periodístico se respalda en dos expedientes administrativos disciplinarios filtrados y testimonios de militares, subordinados entonces a Ceballos Ichaso, que confirmaron su presunta vinculación con irregularidades administrativas dentro del componente militar.

Castro relató a IPYS Venezuela que luego de la difusión del trabajo periodístico, el contralmirante Ceballos Ichaso empezó a seguir su cuenta personal (@Maoliscastro) para escribirle el domingo, entre la 1:23 y 1:24 pm desde su cuenta oficial de Twitter (@CeballosIchaso) dos mensajes privados: “Todo eso es falso no me importa” y “Todo en esta vida se paga el tiempo de Dúos (sic) es perfecto”.

La periodista también indicó que en varias oportunidades le solicitó una entrevista con Ceballos Ichaso para conocer su versión sobre las denuncias, pero no se logró el contacto.

Control Ciudadano manifiesta preocupación

La organización Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional, hace un llamado al Ministerio Público para que investigue las amenazas recibidas por Maolis Castro y tome acciones para que se garantice su integridad, conforme al artículo 46 de la Constitución que establece: “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral” y el artículo 55 que contempla: “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes”. 

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