EFE

Un grupo
de abogados solicitó este lunes al Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) la interpretación del
procedimiento para allanar la inmunidad parlamentaria, en caso de delitos
cometidos en flagrancia por los diputados.

El Movimiento Ética Socialista pidió que
se aclare si en el caso de delitos calificados como «ordinarios»

se aplica el artículo 200 de la Carta Magna, que considera al alto tribunal
como única autoridad que puede ordenar, previa autorización de la Asamblea
Nacional (AN), la detención y enjuiciamiento de un disputado.

«Le estamos preguntando a la Sala Constitucional si para esta situación es
aplicable el mismo procedimiento del encabezado del artículo 200, ya que no es ni en el ejercicio de las
funciones ni un delito político
«, aseguró a periodistas uno de los
miembros de este movimiento, Francisco Artigas.

El artículo 200 de la Constitución prevé
que los diputados «gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones
desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del
mismo».

En
caso de flagrancia, la ley prevé que la autoridad pondrá bajo custodia en su
residencia al legislador y se comunicará el hecho al Tribunal Supremo de
Justicia.

«Hemos visto muchos diputados en abuso de poder cometiendo delitos que
pudiéramos calificar de ordinarios
«, afirmó Artigas, quien agregó que
esos delitos pudieran ser de «homicidio», «delito contra la cosa
pública» o «traición a la patria».




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