José Vicente Haro. (Foto Cortesía)

El decreto publicado en Gaceta Oficial del 26 de enero de 2017 en el que el presidente Nicolás Maduro traspasa 15 de sus atribuciones al vicepresidente ejecutivo, Tareck El Aissami, funciona para cerrar la filas en el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) ante las luchas internas por cuotas de poder, observó José Vicente Haro, abogado constitucionalista.

Desde el punto de vista jurídico ubica al Vicepresidente ejecutivo con un empoderado jurídico y constitucional, con las más altas atribuciones en materia económica, presupuestaria y financiera, cosa que solamente había pasado en el 2012 cuando Chávez en la gravedad de su enfermedad, le concedió esos poderes por decreto a Nicolás Maduro, y en el 2013 al entonces vicepresidente Jorge Arreaza.

Con este nombramiento, explicó Haro, Maduro está cerrando filas a sectores internos del oficialismo que pelean por competencias o cargos; y de alguna manera se le coloca en una posición incuestionable, frente a quienes ejercen el poder y en el propio Psuv como partido de gobierno.

A su juicio, desde el punto de vista político, El Aissami va a ser como especie del “delfín” ante Nicolás Maduro, en unas eventuales elecciones presidenciales, que más temprano que tarde se tendrán que realizar en Venezuela, para lo cual ya se tiene un plazo fijado en la Constitución, y que se espera sea respetado por las autoridades electorales, pero en todo caso lo colocan en un punto donde, en virtud de la baja aceptación que tiene Nicolás Maduro, pudiera pensarse en clave política, que se está tratando de preparar un eventual candidato, o plan “B” para el oficialismo, en caso de que Maduro no repunte en las encuestas para asegurar una victoria.

José Vicente Haro explicó a la periodista Dhameliz Díaz en su programa Primera Voz a través de El Carabobeño Radio, que lo usual en estos casos es que al Vicepresidente ejecutivo de un país se le delegue atribuciones meramente administrativas en lo que es la función ordinaria de gobierno, o algunas funciones puntuales que corresponden al Presidente de la República, pero que por razones de tiempo o circunstancias no lo pueda hacer.

Para Haro es un asunto de fondo y no de forma donde sin límite alguno de tiempo, se le está delegando absolutamente todas esas competencias de real envergadura al Vicepresidente ejecutivo, que son propia del Jefe de Gobierno, por el hecho de haber sido electo democráticamente a través del voto, aunque esto no aplica a la Vicepresidencia ejecutiva.




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