Alfredo S. Flores

El presidente, Nicolás Maduro, reformó vía habilitante la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), para que ahora sea el Ejecutivo Nacional quien designe la directiva de la máxima institución financiera del país, despojando a la Asamblea Nacional (AN) de esa función.

El Presidente o Presidenta del Banco Central de Venezuela es la primera autoridad representativa del Banco (…) Es designado o designada por el Presidente o Presidenta de la República para un período de siete años”, señala el nuevo artículo 9 de la Ley del BCV, reformado según decreto de Ley N° 1.419.

Asimismo también se podrá «clasificar cierta información como secreta o confidencial» para evitar que se generen perjuicios para los intereses generales o para lograr la efectividad de las medidas tomadas. 

En la anterior Ley, la mayoría de la AN designaba a dos de los directores del BCV y ratificaba tanto al resto de los miembros directivos como a su presidente. 

Maduro dictó dichos cambios con la firma de 16 leyes que realizó por uso de los poderes habilitantes concedidos por la antigua AN entre noviembre de 2013 y noviembre de 2014. 



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