Alfredo S. Flores
El presidente, Nicolás Maduro, reformó vía habilitante la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), para que ahora sea el Ejecutivo Nacional quien designe la directiva de la máxima institución financiera del país, despojando a la Asamblea Nacional (AN) de esa función.
“El Presidente o Presidenta del Banco Central de Venezuela es la primera autoridad representativa del Banco (…) Es designado o designada por el Presidente o Presidenta de la República para un período de siete años”, señala el nuevo artículo 9 de la Ley del BCV, reformado según decreto de Ley N° 1.419.
Asimismo también se podrá «clasificar cierta información como secreta o confidencial» para evitar que se generen perjuicios para los intereses generales o para lograr la efectividad de las medidas tomadas.