El financiamiento para compra de vivienda pasó a 500.000 bolívares. (Foto El Carabobeño)

AVN

El Ministerio de Vivienda y Hábitat publicó esta semana cuatro nuevas resoluciones que rigen el otorgamiento de créditos para adquirir una casa en Venezuela. La novedad principal es que se modifican los montos máximos de créditos a otorgar con recursos de los Fondos de Ahorro para Vivienda.

El financiamiento para compra de vivienda pasa de un máximo 350.000 a 500.000 bolívares; para autoconstrucción, de 205.000 a 400.000 bolívares; para ampliación, de 140.000 a 200.000 bolívares; y para mejoras, de 84.000 a 150.000 bolívares. Los montos que estuvieron vigentes hasta ahora se establecieron en abril de 2013.

Los créditos para comprar casa con recursos de los Fondos pueden ser otorgados a cualquier solicitante, sin importar su ingreso mensual, siempre que estén activos y solventes con el Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (Faov) o el Fondo de Ahorro Voluntario para Vivienda (Favv), mecanismos establecidos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.

Mientras, en el caso de créditos para autoconstrucción, ampliación y mejoras de vivienda principal, están dirigidos a familias con ingreso integral total mensual de entre uno y ocho salarios mínimos, es decir, entre 4.251,78 y 34.014,24 bolívares. Hasta ahora, el límite eran seis salarios mínimos.

Los créditos para compra de vivienda pueden ser otorgados hasta por 100% de la solicitud, conforme al valor del avalúo, tomando en cuenta el ingreso familiar.

Los préstamos serán pagados con cuotas mensuales ordinarias y cuotas extraordinarias. Las ordinarias no superarán 35% del ingreso total familiar mensual ni pueden ser menor a 10%. Hasta este momento, no podían ser menores de 5%.

Las cuotas extraordinarias, que serán dos al año y no pueden ser mayores a dos porciones ordinarias, serán solo aplicables a familias con ingresos superiores a dos salarios mínimos (8.503,56 bolívares), según lo establece la resolución 29 del Ministerio, publicada en la Gaceta Oficial 40.433, de fecha 13 de junio de 2014.

Los plazos máximos para los créditos se mantienen: 30 años para adquisición; 25 para autoconstrucción; 15 para ampliación y 10 para mejoras.

El Subsidio para viviendas familiares

El Subsidio Directo Habitacional, una ayuda no reembolsable que otorga el Estado, será aplicado a familias que lo soliciten al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) vía portal web. Para recibirlo, la vivienda a comprar no puede costar más de 578.000 bolívares y si es autoconstrucción, no puede superar los 400.000 bolívares.

El Subsidio se aplica como complemento del crédito una vez agotada la capacidad de pago del grupo familiar y puede otorgarse por 100% del valor de la vivienda a familias con ingresos inferiores a un salario mínimo, que opten a una vivienda que no supere los 360.000 bolívares.

Es un beneficio temporal, en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, pues transcurridos dos años, se evalúa la condición socioeconómica del solicitante para determinar si puede optar a un crédito, en caso de que el ingreso resulte igual o mayor al salario mínimo.




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