EFE

Fedecámaras afirmó este viernes que la resolución gubernamental que establece un régimen laboral transitorio, emitida recientemente por el Ejecutivo, pretende «confiscar» el personal de las empresas privadas del país para levantar la producción de alimentos.

«¿Cómo pretende el gobierno nacional dar fiel cumplimiento a ese decreto (…) de confiscación de la mano de obra especializada?», dijo el presidente de Fedecámaras, Francisco Martínez, en una entrevista con la emisora privada Unión Radio.

En la resolución, publicada en la Gaceta Oficial del viernes pasado, se indica que la norma surge en el marco del decreto presidencial de emergencia económica que emitió Maduro a principios de año y procura hacer frente a la severa crisis de escasez y desabastecimiento de alimentos en el país.

Se establece en esta resolución que las empresas públicas y privadas están «obligadas» a «proporcionar los trabajadores requeridos» por el Estado «a objeto de aumentar la productividad de la entidad de trabajo» solicitante.

El portavoz de la patronal señaló que Fedecámaras acudirá a instancias internacionales para denunciar lo que consideran una «violación a la libertad de los trabajadores», una «esclavitud con remuneración» pues se impide a los empleados elegir dónde y con quién trabajar.

Martínez dijo que los empresarios se encuentran en una «fase de análisis» de la resolución y que por el momento han visto que se trata de «un incumplimiento más a los convenios con la Organización Internacional del Trabajo».

«Ese decreto tiene que afectar la producción de bienes y servicios porque, si yo tengo una unidad productiva activa y me quitas mi personal para ir a trabajar en una unidad improductiva en manos del Gobierno (…), no vas a lograr los objetivos», señaló.

A juicio del presidente de Fedecámaras, «la consecuencia final» de esta resolución «es que el desabastecimiento va a seguir creciendo» y se «seguirá minimizando la posibilidad de producción de bienes y servicios de lo hecho en Venezuela».

En la resolución se indica, además, que los trabajadores que sean «requeridos» para «reimpulsar el sector agroalimentario» se mantendrán en la nómina de la empresa «originaria» de la cual fueron extraídos bajo la figura de «inamovilidad laboral» y deberán ser reincorporados a su trabajo cuando terminen ese servicio temporal.

Se indica que la empresa «originaria» no pagará los servicios del trabajador extraído mientras se encuentre en labores para el Estado, que será quien asumirá el pago, aunque no se especifica si cobrará el mismo monto que recibía en su trabajo principal.

Si el trabajador requerido «resultare discapacitado» durante ese tiempo fuera del ambiente de trabajo del que fue extraído deberá ser reincorporado igualmente aunque «reubicado» en un puesto de trabajo «adecuado a la nueva situación».

Asimismo, se señala que los trabajadores requeridos prestarán el servicio temporal por un lapso de 60 días prorrogables por el mismo tiempo «si las circunstancias lo ameritan».




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