Luis Alejandro Borrero | @LABC7 || lborrero@el-carabobeno.com

Cuando pasó, las cosas eran distintas. Se realizaba una sesión en la anterior Asamblea Nacional (AN), dominada por el oficialismo. Era el año 2007. La mayoría oficialista, pro Gobierno del parlamento protestaba frente a una decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que había anulado y redactado de nuevo un artículo de la Ley de Impuesto Sobre la Renta. El diputado Carlos Escarrá llegó a decir que los magistrados debían estar en la cárcel de Uribana, recordó el abogado constitucionalista y profesor José Luis Tamayo.

No fue el único que habló. Iris Varela también dio su discurso contra el TSJ. Los oficialistas le acusaban de haber usurpado funciones legislativas. La sentencia del máximo tribunal se publicó un 1º de marzo. Y para el 23 de marzo estaba también publicada en Gaceta Oficial, un acuerdo de la AN en rechazo. Los diputados no acatarían la modificación: le pidieron al Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria, (Seniat) y al mismo pueblo  que tampoco lo hiciera. “Eso, como se conoce en derecho, es una jurisprudencia, un precedente”, observa Tamayo nueve años después.

Cambios

Las cosas cambiaron en la AN. Ahora domina la oposición. El TSJ sigue estando en contra de sus actuaciones. La más reciente: la promulgación de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, que la Sala Constitucional ha decretado como inconstitucional. Para Tamayo esa no debería ser muralla en las aspiraciones opositoras: Las razones por las que la antigua AN desacató la sentencia del TSJ en 2007 (usurpar funciones legislativas) es exactamente la misma que ahora impide la liberación de los presos políticos. La Constitución lo expresa claro: la AN puede dar amnistía. Es el mismo principio, idénticas razones, dijo Tamayo.

Esta vez el TSJ no hizo modificaciones sobre la Ley de Amnistía. Podría estar técnicamente no legislando. Pero Tamayo reacciona rápidamente ante el argumento:La Sala Constitucional no es un tribunal de mérito. Solo decide si un asunto es constitucional o no, explicó. Tamayo analiza que la argumentación del TSJ sobre la Ley de Amnistía tiene omisiones cuidadosas. E intencionales.

Por ejemplo: para negar la amnistía no se habló nunca de los hechos de febrero de 1992. Cuando Hugo Chávez lideró una intentona golpista que terminó en un indulto; o las de abril de 2002, cuando los pistoleros de Puente Llaguno quedaron en libertad por una aministía del Presidente Chávez en 2007. Eso mientras los policías metropolitanos, como Iván Simonovis, Lázaro Forero, Henry Vivas, Erasmo Bolívar, Héctor Rovaín, Arube Pérez quedaron en prisión. “Lo que es igual para unos, debe ser igual para todos”.




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