A partir del lunes 24 de agosto en el municipio Bejuma se
regulará la circulación y transito de las motocicletas en las vías, con el
propósito de contrarrestar la delincuencia y así garantizar la seguridad
ciudadana, detalla una nota de prensa enviada a esta redacción. 

El alcalde, Ramón Alberto Rodríguez Núñez indicó que el
Decreto N° 004/2015 entrará en vigencia conformado por cinco artículos,
quedando prohibida la circulación de dos personas a bordo de motocicletas entre
las 9:00pm y las 5:00am.

Esta medida fue tomada de acuerdo a las cifras que maneja la
Policía Municipal, que reflejan que 80% de los delitos son cometidos por
parejas a bordo de motocicletas en este horario.

El decreto contempla que los conductores y acompañantes de
motocicletas deben usar el casco protector obligatoriamente, y además queda
prohibida la circulación de este tipo de vehículos que ocasionen contaminación
sonora por ruidos molestos, que perturben la tranquilidad y salud de los
habitantes.

Con la nueva normativa no se podrá exceder el límite de
velocidad establecido en la vía en la cual transiten, y queda prohibido hacer
piruetas, obstaculizar zonas peatonales, violar corredores viales, y restringir
el libre tránsito vehicular o peatonal.

Rodríguez Núñez destacó que desde la Policía de Bejuma en
coordinación con las autoridades con competencia en el área, velarán por el
cumplimiento del Decreto que se aplicará desde el 24 de agosto y que establece
una multa equivalente a cinco Unidades Tributarias para quienes infrinjan el
articulado de esta normativa.

“Las continuas quejas de los usuarios por el exceso de
velocidad, los escapes libres, los populares caballitos, la circulación y
estacionamiento en zonas prohibidas, son argumento principal para emitir este
Decreto. Hago un llamado a todos los conductores de motocicletas para que
acaten lo estipulado en este Decreto, que busca también proteger su integridad
personal”, argumentó el alcalde de Bejuma.  




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