El decreto presidencial Nº 1.508, contenido en este instrumento legal. (Foto Archivo)

AVN

En la Gaceta Oficial Nº 40.557, que circula este martes, queda establecida la prohibición del traslado de café verde, café en pergamino y café en cereza hacia los estados fronterizos Apure, Táchira y Zulia.

El decreto presidencial Nº 1.508, contenido en este instrumento legal, señala que la Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria deberá abstenerse de emitir la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control para el traslado de este rubro agrícola desde cualquier estado del país hacia Apure, Táchira y Zulia.

La Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria excepcionalmente podrá emitir la guía de movilización cuando haya una verificación previa de la Corporación Venezolana del Café de la ubicación del silo, agroindustria, comercio, productor o industria procesadora a la cual se pretenda el traslado.

Además, se permitirá si el productor realizó la consignación de declaración jurada, en la que se especifique que el traslado no tiene por fin la exportación o el contrabando de extracción hacia territorio extranjero del rubro.

El artículo cuatro del decreto establece que los productores sólo podrán arrimar o comercializar sus cosechas, de manera directa y sin intermediarios, ante la Corporación Venezolana de Café, Café Venezuela y Fama de América.

También queda prohibida la venta de café verde, café en pergamino y café en cereza por parte de los productores a intermediarios.

El órgano competente sólo podrá otorgar la guía de movilización autorizando el traslado del rubro, desde la unidad de producción del productor hasta el puesto de compra de la Corporación Venezolana del Café o sus empresas filiales más cercano a su domicilio.

En caso de incumplimiento de este decreto, se retendrán los productos.




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