TSJ: Enmienda para acortar mandato de Maduro no podrá aplicarse

EFE

El
Tribunal Supremo de Venezuela (TSJ)
determinó este lunes que "cualquier
enmienda" que se pretenda hacer a la Constitución para reducir el período
presidencial no podrá aplicarse
al presidente Nicolás Maduro.

"Esta Sala Constitucional (del TSJ) concluye que tratar de utilizar la
figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata
el ejercicio de un cargo de elección popular, como el de Presidente de la
República, constituye a todas luces un
fraude a la Constitución
", dice la sentencia.

Con esta sentencia se invalida la aprobación en primera discusión del proyecto
de enmienda constitucional para reducir el período presidencial de seis a 4
años que el Parlamento hizo el pasado miércoles pasado.

En el texto de la decisión del TSJ se señala que la Constitución prevé un
mecanismo político efectivo "como el referendo revocatorio contemplado en
el artículo 72 de la Carta Magna", un sistema que la oposición también
procura activar.

En el escrito introductorio a la sentencia, el TSJ señala que la Sala
Constitucional determinó que cualquier
enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de Venezuela no puede tener efectos retroactivos
en
el tiempo o ser de aplicación inmediata.

Se agrega que admitir esta enmienda "constituiría un quebrantamiento
incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la
Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo".

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