Ley da holgura al Gobierno para crear una apertura cambiaria. (Foto Archivo)

Luis Carías Toscano || Lcarias@el-carabobeno.com

La reciente modificación a Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos allana el camino a la creación de un mercado alternativo de divisas donde puedan actuar empresas y personas naturales sin la administración exclusiva del Banco Central de Venezuela (BCV).

La reforma se encuentra impresa en la Gaceta Extraordinaria 6.150, aún por publicar por parte del Tribunal Supremo de Justicia, y representa un vuelco respecto a la norma vigente que castiga a empresas y personas que obtengan divisas por canales diferentes a los que entrega el BCV a través de los mecanismos creados por el Gobierno.

El texto con fecha del 18 de noviembre estipula que tanto personas como empresas podrán comprar moneda extranjera en un “mercado alternativo de divisas”, una vez que las autoridades establezcan sus reglas, por lo que la medida no tendrá efecto inmediato, sino una vez que se elabore la referida reglamentación.

A través de las redes sociales, muchos usuarios se han expresado positivamente hacia la norma, pues se traduce en un esquema similar al existente en 2010 cuando se permitía que bancos y casas de bolsa transaran divisas a través de títulos valores denominados en bolívares y dólares a una tasa de cambio paralela a la oficial, gracias a una excepción en la ley de ilícitos.

El gobierno de Hugo Chávez clausuró ese mercado, reformó la ley y cerró cerca de 50 casas de bolsa en una investigación contra sus operadores por presunto fraude a la nación.

Ello ha derivado en la creación de diversos mecanismos cambiarios. Los vigentes son Cencoex a 6,30; Sicad I a 12 y Sicad II a 50 bolívares por dólar. Ante el restringido acceso a esos mercados, algunos han optado por acudir a un mercado informal, cuya tasa es hasta 2.200 veces superior a la oficial.

El director de la firma Ecoanalítica, Asdrúbal Oliveros, apuntó que la ley da holgura al Gobierno para crear una apertura cambiaria en el futuro. Además, un nuevo mercado de divisas donde Petróleos de Venezuela (Pdvsa) pueda vender dólares a una tasa mayor ayudaría a compensar la baja del petróleo en el mercado internacional.

Más sanciones

La otra cara de la moneda en la reforma es el incremento de las sanciones de cinco a siete ilícitos, sumándose penas a quienes presenten información o documentos falsos.

El artículo 16 señala que quienes presenten documentos falsos o forjados serán sancionados con penas de prisión de uno a tres años y multa equivalente a 0,5 Unidades Tributarias por cada dólar de Estados Unidos.

El artículo 19 indica que quienes promueven la comisión de ilícitos serán sancionados con pena de prisión de dos a seis años y multa equivalente a 0,5 UT por cada dólar.

Además, según el artículo 22 quienes incumplan con la orden de reintegro serán sancionados con pena de prisión de dos a seis años con multa de 0,5 UT por cada dólar o su equivalente en otra divisas cuando el monto sea superior a los $50.000.




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