La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) sancionó este miércoles la Ley Constitucional Contra El Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, la cual establece pena de 10 a 20 años a quien fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia, que de acuerdo a la organización Acceso a la Justicia, es absolutamente inconstitucional.
Laura Louza, directora de la organización no gubernamental, defensora de la justicia, la democracia y la libertad, declaró en entrevista telefónica a El Universal, que la ley viola los artículos 57 y 58 de la Carta Magna vigente, los cuales señalan que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos a través de cualquier medio de comunicación y que la comunicación es libre, además de que todas las personas tienen derecho a información oportuna, veraz y sin censura.
“Se prohíbe toda propaganda y mensajes a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia”, expresa el artículo 13 de la ley sancionada por el oficialismo.
Sin embargo, Louza plantea que se habla de forma muy general y de forma discrecional sobre qué es un mensaje de odio, pues además no está definido en la normativa y tampoco está establecido un procedimiento claro de cómo se determinará si se incumplió la ley.
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