Banco Central de Venezuela (BCV)

El Banco Central de Venezuela (BCV) anunció que intervendrá en el nuevo sistema de mesas de cambio “cuando lo estime pertinente”, según indica la medida que se oficializó en la resolución 19-05-03 que fue publicada en Gaceta Oficial N° 41.460 fechada del 24 de mayo de 2019.

Según reza la medida, “el Banco Central de Venezuela, cuando lo estime pertinente, podrá realizar de manera automática, operaciones de venta de moneda extranjera con los bancos universales y microfinancieros regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y por leyes especiales”.

Eso mediante el débito de la cuenta única que los bancos tengan registradas en el BCV “por la cantidad en bolívares equivalente a la operación cambiaria ejecutada”.

Asimismo, dice la sentencia que el BCV podrá autorizar las operaciones interbancarias, sobre todo cuando haya “exceso en la demanda de divisas”.

“El Banco Central de Venezuela, mediante circular dictada especialmente al efecto, instruirá el procedimiento a seguir cuando al cierre del último día hábil bancario de la semana correspondiente a cada intervención cambiaria conforme a lo estipulado en el artículo 1 de esta Resolución, las instituciones bancarias mantengan un saldo no aplicado en operaciones con el público según lo dispuesto en el encabezamiento del presente artículo».

«En el supuesto que la desacumulación de las posiciones en moneda extranjera se efectúe en operaciones con el Banco Central de Venezuela, las mismas se realizarán al tipo de cambio aplicado para la respectiva operación de intervención cambiaria conforme al encabezamiento del presente artículo reducido en cinco coma dos mil trescientos setenta y cinco diezmilésimas por ciento (5,2375%)”, expone el texto.

Fuente: http://www.noticierodigital.com




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