Foto cortesía: El Universal

La Conferencia Episcopal de Venezuela (CEV) indicó que el naufragio en las costas de Güiria, donde al menos 20 personas murieron ahogadas por intentar llegar a Trinidad y Tobago, representa una grave violación a los derechos humanos de los migrantes venezolanos.

A través de un comunicado, indicaron que, tanto el gobierno trinitario como la administración de Maduro están en la obligación de respetar todos los derechos humanos de las personas migrantes. Además deben prevenir, investigar y sancionar a los responsables de lo ocurrido.

Consideran como inaceptable el accionar presentado hasta la fecha por el gobierno de Trinidad y Tobago en cuanto al recibimiento de migrantes venezolanos.

El Comunicado

Ante el hallazgo de nacionales venezolanos migrantes muertos en las costas del estado Sucre

“El Señor dice: «Se oye una voz en Ramá, de alguien que llora amargamente. Es Raquel, que llora  por sus hijos, y no quiere ser consolada porque ya están muertos” (Jr. 31, 15).

En anteriores oportunidades, La Red CLAMOR Venezuela, la Comisión de Justicia y Paz, instancias de la Comisión Episcopal de Pastoral Social de la Conferencia Episcopal de Venezuela, La Caritas de la Diócesis de Carúpano y la Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas, hemos tenido que dirigirnos a la opinión pública para llamar la atención respecto de situaciones que constituyen graves violaciones a los derechos humanos de la población migrante venezolana que busca llegar a
territorio de la isla de Trinidad desde el estado Sucre1. Casos como los desaparecidos el año pasado en los botes de Jhonnaly José, Ana María, el de la Vela de Coro y más recientemente el caso de la deportación de los 16 niños y niñas el pasado 23 de noviembre.

En esta oportunidad, debemos lamentar la pérdida de vidas humanas, específicamente la información de prensa maneja la cifra de doce personas encontradas muertas en la costa del estado Sucre y otras personas desaparecidas2, quienes habrían intentado alcanzar la costa de Trinidad en embarcaciones tipo peñero y no pudieron hacerlo por haber sido devueltas por las autoridades de la República de Trinidad y Tobago.

El hallazgo ha sido confirmado por la guardia costera de Trinidad y Tobago, las personas viajaban en una embarcación reportada como desaparecida desde el día cinco de diciembre3, con unas veinte personas a bordo, por lo cual al momento de redactar estas líneas hay al menos otras ocho personas desaparecidas.

La información suministrada por los familiares de las personas halladas muertas, y del personal del Equipo Pastoral de Cáritas Inmaculada Concepción de Güiria que han atendido el caso en primera línea, señalan que los cuerpos han sido trasladados a la ciudad de Cumaná para practicarles los exámenes médico- legales en vista de las carencias materiales existentes en Güiria.

En vista de estos nuevos hechos particularmente graves y dolorosos, es forzoso, para quienes ejercen la defensa de los derechos humanos y el trabajo humanitario con personas migrantes, dirigirnos a las autoridades estatales, los órganos internacionales de protección y a la opinión pública para llamar la atención nuevamente sobre los siguientes particulares:

1. Tanto la República Bolivariana de Venezuela como la República de Trinidad y Tobago están obligadas a respetar íntegramente y sin discriminación de ningún tipo todos los derechos humanos de las personas migrantes, específicamente todos los deberes de prevención, investigación, sanción a los responsables, reparación integral de las violaciones a los derechos humanos y no discriminación.

2. De nuevo llamamos la atención sobre las obligaciones internacionales vinculantes para la República Bolivariana de Venezuela y República de Trinidad y Tobago recogidas en: artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, del artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto del Refugiado, en particular los principios fundamentales de No Devolución y Unidad Familiar y el artículo 22 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

3. Respecto de las obligaciones de las autoridades venezolanas, llamamos la atención sobre sus obligaciones internacionales y de derecho interno en este caso.

4. Se debe garantizar que la investigación de los hechos se conduzca conforme a protocolos internacionales y con pleno respeto a los derechos que asisten a los familiares en su condición de víctimas; esta investigación no debe ser de carácter meramente formal, sino que debe conducir al establecimiento completo de los hechos, y a actos conclusivos que conduzcan al establecimiento de las responsabilidades penales, civiles y administrativas a las que haya lugar4.

5. La reparación de los hechos debe ser integral, incluyendo todas las garantías de no repetición.

6. La conducta de las autoridades de la República de Trinidad y Tobago es inaceptable por incurrir en una transgresión del deber de no devolución, en virtud del cual, en palabras de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “una persona no puede ser rechazada en la frontera o expulsada de otro país sin un análisis adecuado e individualizado de su petición. 589 Adicionalmente, antes de realizar una devolución, los Estados deben asegurarse que la persona que solicita asilo se encuentra en capacidad de acceder a una protección internacional apropiada mediante procedimientos justos y eficientes de asilo en el país a donde se le estaría expulsando.590 Los Estados también tienen la obligación de no devolver o expulsar a una persona que solicita asilo cuando hubiera posibilidad de que sufra algún riesgo de persecución o bien a uno desde donde el cual pueda ser retornada al país donde sufren dicho riesgo”5.

7. De igual modo, son inaceptables de parte de las autoridades de la República de Trinidad y Tobago las manifestaciones de estigmatización y discriminación hacia las personas de nacionalidad venezolana que en calidad de migrantes voluntarios o forzados buscan regularizar su situación legal en dicho estado.

8. En el mismo sentido, son inaceptables e inadmisibles las declaraciones de las autoridades tanto de la República Bolivariana de Venezuela como de la República de Trinidad y Tobago que lejos de aceptar su responsabilidad y adoptar las medidas necesarias para la no repetición y la reparación integral de las violaciones a los derechos humanos de las personas migrantes, realizan declaraciones de criminalización y desprestigio hacia los funcionarios internacionales de los órganos de protección y las organizaciones no gubernamentales que se ocupan de realizar trabajo humanitario con la población migrante venezolana, que es un grupo particularmente vulnerable respecto de sus derechos humanos y su situación humanitaria.

Este tipo de hechos no debe quedar en el olvido ni en una cifra más en estadísticas e informes; el incumplimiento de los deberes y obligaciones de los estados de la República Bolivariana de Venezuela y de la República de Trinidad y Tobago debe cesar, y en su lugar procede la justicia, la verdad y la reparación para todas y cada una de las personas migrantes afectadas. Hacia ese norte irán siempre nuestros esfuerzos como Iglesia comprometida con los la dignidad de las personas.

Nos solidarizamos con sus familiares, orando para que el Buen Dios en su infinita misericordia consuele el llanto de los afligidos por esta tragedia y les conceda el eterno descanso a los fallecidos.

Expresamos nuestra comunión con la Iglesia que peregrina en la Diócesis de Carúpano y con su Pastor Mons. Jaime Villarroel. Algunos de los fallecidos eran personas comprometidas en diversos proyectos diocesanos, en especial con la CARITAS.

Pedimos la intercesión de la Virgen del Valle para que acompañe a nuestros hermanos que murieron en el mar, al encuentro definitivo con su Hijo Jesucristo, que es la Vida Plena.

14 de diciembre de 2020

Baltazar E. Cardenal Porras Cardozo Arzobispo de Mérida
Administrador Apostólico de Caracas Presidente de Caritas de Venezuela

Roberto Luckert Presidente de la Comisión de Justicia de Justicia y Paz




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