Gaceta Oficial de Venezuela.

El abogado tributario Daniel Betancourt  resaltó que en la Gaceta Oficial Nro. 42.359 del 20 de abril de 2022, se publicó el nuevo valor de la Unidad Tributaria (UT). Resaltó que el aumentó de la UT entre marzo 2021 a marzo 2022 fue de 1900%.

A través de un hilo en su cuenta en la red social Twitter, el también especialista en derecho financiero, señaló que la UT aumentó de 0,02 bolívares a 0,40 bolívares, es decir, 20 veces más.

También recordó que desde la vigencia del Código Orgánico Tributario (COT) del 2014 (repetido por el Código del 2020) se eliminó la obligación de ajustar conforme a la inflación y de obtener opinión favorable desde el Poder Legislativo.

Explicó que según el COT vigente, la Administración Tributaria solo necesita autorización del Presidente de la República y puede reajustar la Unidad Tributaria al valor que discrecionalmente considere, sin estar obligada a tomar en cuenta la inflación, en cualquier momento.

Betancourt señaló que la discrecionalidad de la Administración Tributaria explica por qué, desde 2014, se han publicado nuevos valores de esa magnitud superiores o inferiores a la inflación.

Unidades Tributarias Paralelas

El abogado también explicó que la Asamblea Nacional Constituyente del 2017,  instauró tanto la Unidad Tributaria Sancionatoria (solo aplicable a sanciones y la cual nunca se usó) como la Unidad de Cálculo Aritmético del Umbral (UCAU).

Detalló que la UCAU tiene usos en las cantidades expresadas en la Ley de Contrataciones Públicas y para calcular viáticos y gastos de los funcionarios de la Administración Pública, como forma de huir en esos ámbitos de la infravaloración de la Unidad Tributaria.

Añadió que también otras cantidades dejaron de ser expresadas en Unidades Tributarias para ser de nuevo determinadas en bolívares (la realidad antes de 1994), como lo es actualmente el ticket alimentación.

Mientras algunas cantidades se empezaron a expresar en Petros en cambios legislativos recientes.

Unidad Tributaria exclusiva

Betancourt recordó que desde las providencias de ajuste de la UT de 2018 se incluyó la coletilla que especifica que el nuevo valor solo se podía usar para los tributos competencia del SENIAT, excluyendo el uso en beneficios laborales o de tasas y contribuciones a otros órganos y entes.

Opinó que esta acción llevó a  que muchos Municipios inventaran sus propias unidades de valor o tuvieran como referencia a los fines tributarios variopintas magnitudes económicas: dólar, gramo de oro, sueldo mínimo y finalmente el Petro.

Código Orgánico Tributario del 2020

El especialista aseguró que el COT 2020 extinguió el uso de la Unidad Tributaria para las sanciones tributarias. Añadió que la consecuencia fue la dolarización de las multas bajo el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCV.

Explicó que el COT del 2020 reprodujo, en el Parágrafo Tercero del artículo 3, la coletilla del uso exclusivo de la unidad tributaria para los tributos nacionales administrados por el SENIAT,  lo cual convirtió en obsoletas las magnitudes en UT en el resto del ordenamiento jurídico.




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