Justicia argentina suspende la doble pensión vitalicia de Cristina Fernández
/ Foto: Archivo

Un fiscal solicitó este lunes una pena de 12 años de prisión para la vicepresidenta de Argentina, Cristina Fernández, en el juicio oral que se le sigue por presuntas irregularidades en la adjudicación de obra pública cuando era mandataria.

El fiscal Diego Luciani pidió además que Fernández, quien gobernó Argentina entre 2007 y 2015, sea inhabilitada a perpetuidad para desempeñar cargos públicos.

Fernández, de 69 años, es juzgada desde mayo de 2019 por el presunto delito de asociación ilícita y administración fraudulenta de fondos públicos.

En el proceso se juzgan las presuntas irregularidades en la concesión de 51 obras públicas a firmas del empresario Lázaro Báez durante los gobiernos del fallecido Néstor Kirchner (2003-2007) y Cristina Fernández (2007-2015) en la austral provincia de Santa Cruz.

Luciani también solicitó diversas penas para Lázaro Báez, el exministro de Planificación Julio De Vido y otros exfuncionarios kirchneristas.

Gobierno condena «persecución judicial»

El Gobierno de Argentina condenó la «persecución judicial y mediática» a la vicepresidenta del país, Cristina Fernández, para quien este lunes un fiscal pidió una condena de 12 años de prisión por presunta corrupción. «Quedó expresada hoy, una vez más, en el alegato final y pedido de pena en la denominada ‘causa Vialidad'».

En un comunicado, el Ejecutivo de Alberto Fernández, rechazó la persecución judicial avalada y promovida por distintos medios de comunicación. «La tipificación abusiva de la figura de la asociación ilícita y la imposición de la prisión preventiva como pena anticipada son aspectos que contradicen la dogmática del derecho penal en el estado de derecho».

«Ninguno de los actos atribuidos a la expresidenta ha sido probado y toda la acusación que se le carga se refiere únicamente a la función que ejercía en ese período, lo cual degrada lastimosamente los más elementales principios del Derecho Penal moderno», señala el comunicado.




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