La fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) alegó este martes que su investigación a Venezuela por presuntos crímenes de lesa humanidad está en “fase preliminar” y es “poco razonable que pueda identificar” sospechosos o “establecer el alcance real” del caso, en contra de la posición mantenida por el Gobierno de Caracas.
El Gobierno venezolano, que niega la validez legal y sustancial de la petición de reanudar la investigación, trató hoy de convencer a los jueces para que rectifiquen su decisión de permitir a la oficina del fiscal Karim Khan reanudar la investigación.
En es sentido defendió que las autoridades nacionales están llevando a cabo sus propios procesos, por lo que “no se respeta el principio de complementariedad”, que debe evitar que se solapen investigaciones.
Fiscal de la CPI
En noviembre de 2021, la fiscalía anunció la apertura de una investigación formal tras finalizar un examen preliminar iniciado en base a una remisión hecha en 2018 por Perú, Argentina, Canadá, Colombia, Chile y Paraguay, que denunciaron crímenes de lesa humanidad en Venezuela desde el 12 de febrero de 2014.
El anuncio de esa investigación llegó acompañado de un memorándum de entendimiento con Caracas para impulsar medios y mecanismos que promovieran un proceso nacional.
En abril de 2022 Venezuela pidió diferir las investigaciones de Khan a favor de las autoridades nacionales, pero en noviembre Khan pidió a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI autorización para reanudar esa investigación, porque a su juicio las autoridades venezolanas no estaban haciendo lo suficiente.
Tras varios meses de intercambio de réplicas, la Sala autorizó en junio de 2023 reanudar la investigación, al considerar que los “procesos penales internos” no reflejan "suficientemente el alcance” del caso y hay “periodos de inactividad inexplicables”.
Venezuela recurrió esa decisión y la CPI celebra este martes y miércoles audiencias para escuchar los argumentos de las partes en este sentido.
Defensa de Venezuela
Ben Emmerson, consejero para Venezuela, consideró hoy que este caso plantea “cuestiones extremadamente importantes que afectan la implementación práctica del principio de complementariedad” que recoge el sistema del Estatuto de Roma, el tratado fundacional de la Corte, y que da prioridad a la justicia nacional para juzgar a sus nacionales.
La “esencia” de la decisión de reanudar la investigación fue que, para “reflejar suficientemente la investigación prevista por el fiscal, Venezuela debe haber investigado o estar investigando los presuntos crímenes que constituyen la base del crimen que el fiscal pretende investigar”, recordó Emmerson.
Según el Gobierno venezolano, la notificación para pedir reanudar la investigación, definida en el artículo 18.1 del Estatuto, “no fue válida, ni desde una perspectiva legal, ni sustancial”.
“El fiscal no proporcionó información sobre los delitos reales que se propone investigar (…) ni ha identificado a ningún funcionario de alto rango del que sospeche que esté involucrado”, aseguró Emmerson, que subrayó que la fiscalía “mantiene un nivel de generalidad que hace bastante imposible, en sentido práctico, que Venezuela responda”.
Según defendió, la notificación “no dio suficiente información detallada” y “solo establece” que miembros de las fuerzas armadas e individuos progubernamentales cometieron crímenes en virtud del Estatuto de Roma, pero “no incluyo datos, ni fechas, ni ubicaciones específicas de los incidentes, ni el número aproximado de las víctimas, el grupo, el colectivo o las personas responsables de estos incidentes”.
Desacuerdo de la Fiscalía
La fiscalía mostró su “desacuerdo” con Venezuela y señaló que la notificación “debe ofrecer parámetros específicos suficientes que muestren el alcance de la investigación”, pero “no se requiere, por ley, que se identifiquen los actos criminales”.
La notificación, agregó, no “tiene por objeto limitar la investigación del fiscal, ni es un vehículo para que el Estado pueda disputar los presuntos crímenes ocurridos”, solo busca “permitir a los Estados decidir si esa solicitud de aplazamiento o suspensión se puede hacer”.
Esta notificación se emite al concluir el examen preliminar y decidir que se cumple el umbral para una investigación, “y hasta este punto, la fiscalía no investiga formalmente”, por lo que sería “poco razonable pretender que la fiscalía, en esa etapa, pueda identificar a los posibles autores o establecer el alcance real de su investigación”.
No obstante, defendió, el Gobierno de Venezuela pudo responder a esa notificación y proporcionó “25.000 páginas de material a lo largo del proceso de consulta de tres años”, lo que muestra que “entendió perfectamente el alcance de la investigación prevista y no sufrió ningún perjuicio”.
Asimismo, recordó que la sala no pidió a Venezuela “identificar a acusados o tomar medidas contra ellos”, simplemente “observó que, en la mayoría de los casos, los sospechosos no habían sido aún identificados, cuando esto era pertinente” para demostrar que se estaba avanzando en las investigaciones nacionales.
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