Adrián José Velásquez Figueroa y Claudia Patricia Díaz Guillén,fueron detenidos en Madrid. (Foto Cortesía)

No es perseguido político. Este fue el criterio establecido por la Audiencia Nacional de España para acceder este viernes, 23 de noviembre, a extraditar a Venezuela a Adrián Velásquez Figueroa, guardaespaldas y jefe de seguridad del presidente fallecido Hugo Chávez. Para la justicia española, no es un opositor.

La Audiencia siguió así el mismo criterio que con la esposa de Velásquez, Claudia Patricia Díaz Guillén, reclamada también por Venezuela, quien ejerció durante años como enfermera de Chávez y fue detenida en Madrid junto a su marido.

En el caso de Velásquez, el tribunal rechaza que pueda ser represaliado en Venezuela porque, según los jueces, no es un opositor sino un miembro de la administración de Chávez, y el actual Gobierno de Nicolás Maduro “es continuista” con su línea.

Ambos fueron detenidos en Madrid el pasado abril reclamados por la Justicia venezolana tras aparecer sus nombres en sociedades de los llamados “papeles de Panamá“. El tribunal español ya accedió a extraditar a Díaz Guillén hace unas semanas, aunque la decisión está pendiente de recurso.

En cuanto a Velásquez, la Fiscalía mantuvo este jueves el mismo criterio a favor de la extradición que en el caso de su esposa.

El abogado de Velásquez, Ismael Oliver, ha afirmado que existe un riesgo para la vida del matrimonio en Venezuela y que se trata de un caso “insólito”, porque las personas que firman la orden de su detención -el fiscal general designado por la Constituyente y el presidente del Tribunal Supremo de Venezuela, Tarek Saab y Maikel Moreno- han sido sancionadas por la Unión Europea (UE) y no pueden entrar en su territorio.

“Entregar a una persona a dos condenados por violar los derechos humanos sería una temeridad y además inconstitucional”, según el abogado, que considera la reclamación venezolana como un “montaje”.

Pero según argumentó el fiscal Carlos García Berro, la doctrina del Tribunal Constitucional español estipula que “no basta con una mera alegación genérica de la situación de los derechos fundamentales de un país, se requiere una acreditación, aunque sea mínima, de cómo puede afectar a la persona reclamada”, cosa que, a su juicio, no ocurre en este caso.

El abogado Oliver replicó que “son unánimes los organismos internacionales, que no son dudosos de nada, que están observando lo que está ocurriendo en Venezuela: las muertes, las desapariciones y que incluso opositores vuelan por las ventas”.

Además, alegó que la documentación entregada por Venezuela para justificar la detención de Velásquez y su mujer -que fue tesorera del Gobierno de Chávez- no recoge ni los delitos específicos que se les imputan como funcionarios públicos que eran, ni las fechas en que los que los cometieron ni las cantidades de dinero público que supuestamente sustrajeron.

Tener empresas en Panamá, aseguró, era algo “absolutamente habitual” en el caso de ciudadanos venezolanos y “el hecho de enriquecerse no es en sí mismo un acto que sea delictivo”.

En esta línea, el abogado cree que basar solo la reclamación en los “papeles de Panamá”, donde aparecían “jueces, fiscales, políticos y deportistas”, provoca la “indefensión” de Velásquez.

Además, argumentó su defendido estaba “totalmente alejado de bienes públicos”, pues estaba al servicio del primer cinturón de seguridad de Chávez.

 




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