Al entrar a la oficina, Theresly Malavé observa un anticuado mueble de madera. Está en el Palacio de Justicia de Maracay, en el despacho del juzgado primero de Ejecución de Aragua. Se parece a los que utilizaban en la época de Simón Bolívar, describe la abogada.  A través del cristal de la vitrina puede verse un expediente, ya amarillento, con docenas de páginas apiladas, pruebas y trámites legales: es uno de los casos que ella defiende, el de los exfuncionarios de la Policía Metropolitana (PM) condenados por la masacre del 11 de abril de 2002.

Esa es la oficina de la jueza Ada Marina Armas. Cuando Malavé ha acudido allí para exigir el cumplimiento alternativo de la pena de sus defendidos, ha tenido que escuchar cosas que no dejan de sorprenderle. “Cuando vamos a reclamar los derechos la jueza nos contesta que ella tiene el expediente, nos pasa para que veamos la vitrina, y dice que ella solo espera una orden”. Sus manos están atadas a un sistema de justicia que sirve a una parcialidad política.

se trató del juicio más largo de la historia de Venezuela

La noche del 3 de abril de 2009 la jueza Marjorie Calderón sentenció a 10 hombres por los hechos del 11 de abril. Ese día murieron 19 personas cuando una marcha no autorizada de la oposición pretendió llegar hasta Miraflores, la sede del Gobierno. Pese a que se trató del juicio más largo de la historia de Venezuela —donde se analizaron cinco mil 700 fotos, hubo 196 testigos y 231 audiencias— se dio una sentencia solo por tres muertes, por lo que la impunidad sigue reinando en el caso de ese fatídico día. El caso y los beneficios procesales que permite la ley están ahora bajo la veeduría del tribunal de Armas.

Cinco policías —Erasmo Bolívar, Arube Pérez Salazar, Marcos Hurtado, Héctor Rovaín y Luis Enrique Molina— son sujetos de medidas alternativas de cumplimiento de la pena. Es decir, según el Código Orgánico Procesal Penal vigente al momento de su condena, deberían estar en libertad, y no en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, en Miranda. “Ya ellos estarían en libertad plena”.

Bolívar, Rovaín y Molina fueron condenados a 30 años de prisión por homicidio calificado frustrado en grado de complicidad correspectiva por dos de las muertes de Puente Llaguno —donde se desató la masacre—. Hurtado y Pérez fueron condenados a 16 años y ocho meses y 17 años y diez meses por homicidio calificado en grado de complicidad. Malavé explica que el problema es que sus horas de trabajo y estudio no son computadas ante el despacho de Armas. Si así fuera, desde 2007 ya Bolívar, Rovaín y Molina debieron estar en libertad condicional.

En marzo de 2013 la jueza Armas agregó al expediente delitos de lesa humanidad. Malavé explica que no pasó de unas dos líneas y que nada fue aprobado por los demás jueces porque era descabellado agregar delitos a un expediente por el que ya había condena. “Hay una gran mentira en torno a este caso y es que a los policías se les haya juzgado por delitos de lesa humanidad. La condena fue por delitos ordinarios o comunes previstos en el código”.

La defensa ha hecho todo lo que hay que hacer. Malavé se mantiene como abogada defensora en el caso. Sus esfuerzos, por más duros que sean, no logran traspasar el cristal de una vitrina de madera, que se convirtió en el culto a la denegación de justicia en Venezuela.

 




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