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(Cortesía)

Repentinos, frecuentes y prolongados. Así son los cortes eléctricos en Carabobo que han presentado un incremento durante las últimas semanas, con múltiples fluctuaciones de tensión que afectan la calidad de vida de los ciudadanos, por lo que 32 organizaciones de la sociedad civil exigieron a Corpoelec una explicación al respecto.

Fueron a la oficina territorial de la estatal y entregaron una comunicación dirigida al gerente regional, César Vega, en la que preguntan: ¿cuáles son las causas más frecuentes de las interrupciones del servicio eléctrico en la región?, ¿cuánto es la demanda energética de Carabobo en la actualidad?, ¿cuántos megavatios aporta la entidad al Sistema Eléctrico Nacional (SEN)?, y ¿cuánto generan, detalladamente, cada una de las plantas termoeléctricas ubicadas en Carabobo?

El coordinador de Transparencia Venezuela en el estado, Humberto Torres, señaló que también dejaron expresas las interrogantes sobre ¿cuál es el presupuesto del que dispone Corpoelec en la región para el cumplimiento de sus obligaciones durante el 2022?, ¿está garantizada la dotación de materiales, repuestos y equipos de seguridad para que el personal de Corpoelec atienda las demandas de la ciudadanía?, ¿cuáles son los funcionarios responsables de cabal cumplimiento de las tareas estratégicas de la empresa?, y ¿cuáles son las previsiones de Corpoelec respecto a la compensación a usuarios por daños de equipos atribuibles a fluctuaciones y apagones?

Estas exigencias fueron hechas por activistas y defensores de DDHH, estudiantes y gremios profesionales de la región, pertenecientes a la Coalición Anticorrupción y la Alianza Gobierno Abierto Venezuela, “porque el tema eléctrico nos afecta a todos, a la salud, la ecuación, lo económico, el trabajo… y, aunque habían disminuido los cortes, volvieron y por lapsos de horas”.

Exigencias legales

Las peticiones expresadas en el documento consignado están dentro de los temas de interés que se promueven desde la Agenda de la Sub Región Andina del Foro Ciudadano de Las Américas, y en ejercicio del derecho a dirigir peticiones, pedir información y a obtener oportuna respuesta, confiable, veraz, imparcial y sin censura, previsto en los artículos 2, 28, 51, 58, 62, 141 y 143 de la Constitución.

También se apegan al Principio de Transparencia y Rendición de Cuentas, en concordancia con los artículos 9, 11 y 12 de la Ley Orgánica de Administración Pública, así como en los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Torres resaltó que el numeral 13 del Artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico establece que se debe “atender, solucionar y dar respuesta oportuna y adecuada a los reclamos de los usuarios, de conformidad con esta Ley y las normas que la desarrollen”.

 




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