OIT falló contra el gobierno de Maduro por incumplimiento de convenios laborales
/ Foto: Cortesía (Tal Cual)

El Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) decidió, este sábado 27 de marzo, con 27 votos a favor y 22 en contra, seguir presionando al gobierno de Nicolás Maduro para que cumpla con las recomendaciones emitidas por la Comisión de Encuesta relativa a Venezuela en 2019 que constató violaciones de convenios internacionales y derechos laborales.

Reseña la web del diario Tal Cual que el órgano ejecutivo de la OIT deploró la respuesta del gobierno de Maduro de fecha 10 de agosto de 2020 en la que no acepta las recomendaciones de la Comisión de Encuesta que, por ejemplo, solicita el “cese inmediato de todos los actos de violencia, amenazas, persecución, estigmatización, intimidación u otra forma de agresión” contra organizaciones de empleadores y trabajadores no afines al gobierno y la adopción de medidas “para garantizar que tales actos no se repitan en el futuro”.

“Claramente es un fallo que no favorece al gobierno”, dijo a TalCual una fuente con conocimiento del asunto que explicó que la decisión del Consejo de Administración de la OIT mantiene el llamado al diálogo social tripartito recomendado por la Comisión de Encuesta.

La OIT no impone sanciones

Afirma que no contempla ninguna sanción ya que la OIT no impone sanciones y que cualquier medida que se vaya a adoptar para lograr el cumplimiento debe ser tomada en el seno de una Conferencia Internacional del Trabajo. «A este respecto la decisión establece que será la propia conferencia de junio la que decida si va a considerar o no una resolución o medida en su seno. Los próximos meses deben venir acompañados de un foro de diálogo para funcionarios, empresas y sindicatos antes de mayo, junto con un informe del Director General indicando las medidas adoptadas para obtener el cumplimiento o los avances en ello».

“Lo importante a resaltar es que la OIT seguirá solicitando y exigiendo al gobierno con cercano seguimiento a que se cumplan las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, que no es otra cosa que un diálogo social tripartito serio, constante, con objetivos definidos y respeto de los derechos y libertades de cada actor de la mesa. Lo que se pide es un diálogo social efectivo con resultados tangibles y coherente con las necesidades y sus tiempos”, agregó la fuente.

En este sentido, la internacionalista Maria Alejandra Aristeguieta, exrepresentante diplomática de Juan Guaidó ante la Confederación de Ginebra, Suiza, señaló que en la reunión prevista para el mes de junio, el Director General de la OIT debe presentar un informe del cumplimiento o no de las recomendaciones hechas por la Comisión de Encuestas.

Continuará la presión

“Dependiendo de su resultado se podrían tomar medidas contra el régimen de Maduro. Es un duro golpe para el régimen, que no acepta esta decisión, porque se mantiene la presión, se le dice que va a tener supervisión encima y muy cerca, se le dice que debe cumplir con lo previsto en la normativa de la OIT y sigue sobre la mesa la aplicación del artículo 33”.

Dicho artículo de la Constitución de la OIT establece que “en caso de que un miembro no dé cumplimiento dentro del plazo prescrito a las recomendaciones que pudiere contener el informe de la comisión de encuesta o la decisión de la Corte Internacional de Justicia, según sea el caso, el Consejo de Administración recomendará a la Conferencia las medidas que estime convenientes para obtener el cumplimiento de dichas recomendaciones”.

En septiembre de 2019, la Comisión de Encuesta designada por el Consejo de Administración de la OIT para investigar denuncias realizadas por empleadores y sindicalistas publicó un informe en el que asegura que constató la existencia en el país “de un conjunto de situaciones y prácticas que atentan contra garantías y derechos laborales establecidos en convenios internacionales y en las que, por acción u omisión, están implicados múltiples agentes estatales”.

La instancia afirmó en el documento que en Venezuela no se vela por el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo relativas a la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, la consulta tripartita y a los métodos para la fijación de salarios mínimos, establecidas en los convenios 87, 144 y 26, respectivamente.

Con información de Tal Cual.




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