Los pasaportes que están próximos a vencer podrán ser prorrogados por un período de dos años, contados desde la fecha de su revalidación, según decreto presidencial Nº 3.097 de la Gaceta Oficial Nº 6.333 publicada el 8 de octubre.
La decisión forma parte de las acciones tomadas por el Gobierno Nacional ante el Estado de Excepción y de Emergencia Económica.
Los lineamientos para la prórroga serán dictados por los ministerios de Interior, Justicia y Paz y de Relaciones Exteriores, de acuerdo a los establecido en las Secciones Consulares y Oficinas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).
En la gaceta se expresa que los lineamientos utilizados para la prórroga del pasaporte no podrán vulnerar los demás elementos de seguridad del documento de viaje, establecidos en el ordenamiento jurídico nacional ni las recomendaciones de la Organización Civil de Aviación Internacional (OACI).
El decreto entró en vigencia desde la publicación de la gaceta, es decir, el 8 de octubre.
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