La Ley de Convivencia Ciudadana de Carabobo, dentro de sus 86 artículos, establece que las personas que consuman bebidas alcohólicas en lugares y transporte público serán sancionados con tres mil 500 unidades tributarias (UT) y aquellos propietarios que permitan esa acción en sus locales pagaran una multa de siete mil UT.
En el capítulo tres de las infracciones al consumo de bebidas alcohólicas, en su sección de ingesta de bebidas alcohólicas en los lugares públicos, el artículo 28 establece que: «Toda persona que ingiera cualquier tipo de bebidas alcohólicas en lugares públicos no destinados para tal fin, será sancionado con multa de tres mil 500 unidades tributaria». Esto equivale a un millón 50 mil bolívares.
Este artículo resalta en su Parágrafo único que: «Los propietarios de los locales comerciales autorizados para el expendio de bebidas alcohólicas, pero no para el consumo dentro del local, que permitan indebidamente dicho consumo, será sancionado con multa de siete mil unidades tributarias», equivalente a dos millones 100 mil bolívares. Estos también sufrirán un cierre temporal del local.
Algunos dueños de licorerías al ser consultados por esta ley, comentaron que el gobierno regional debe crear conciencia en la sociedad porque muchas veces se ven afectados por conductas de consumidores bajo el efectos del alcohol u otras sustancias, que no se alejan del establecimiento.
La dueña de una licorería que prefirió declarar en anonimato, instó a las autoridades a ser cuidadosos a la hora de sancionar. Que evalúen bien, porque ahorita que casi no obtienen ganancias no están para regalar dinero a aquellos que se quieran aprovechar. «A veces no se les puede decir nada a los consumidores porque hasta pistolas nos han sacado aquí para no pagar o por llamarle la atención».
La comerciante aprovechó la entrevista para informar que las ventas en las licorerías al sur de Valencia han bajado en un 80% y que últimamente han sido visitados por presuntos delincuentes.
INGESTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TRANSPORTE Y COLEGIOS
Otro articulo que resalta dentro de la ley es el No. 29 en donde queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas dentro de las unidades de transporte público o en una distancia de alrededor de 50 metros de las unidades educativas de Carabobo. Quienes incumplan con esto serán sancionados con tres mil 500 unidades tributarias y realizarán algunos trabajos comunitarios.
Todas las sanciones tiene un lapso de 15 días para su pago, de lo contrario la acción será penada.