Seniat

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) informa que el incremento del patrimonio personal producto de herencias o legados por terceros queda exento del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

La institución aclaró que el producto económico que se desarrolle a partir de las actividades sobre dichos bienes, como su posterior venta, alquiler o uso, sí estarán sujetas a la declaración y pago del ISLR.

El ente recaudador aclara que la medida se encuentra establecida en la normativa tributaria vigente, donde se informa que bienes recibidos quedan exentos del compromiso tributario, tomando en cuenta que la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos establece el pago por este concepto en los casos que corresponda, destaca una nota de prensa.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) contempla en su artículo 14, numeral 7, que “los donatarios, herederos y legatarios, por las donaciones, herencias y legados que perciban”, asimismo, califican como exentos del pago de este tributo.

Asimismo, de presentar alguna duda, el Seniat pone a la disposición de los ciudadanos la línea telefónica 0-8000- SENIAT (736428), el correo electrónico asiste@seniat.gob.ve o personalmente en cualquier sede tributaria.

Con información de Banca y Negocios




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.