Foto William Urdaneta

Correo del Caroní

Por Francesca Díaz

El secretario de trabajo y reclamo del Sindicato Único de Trabajadores de la Alúmina (Sutralúmina), Fernando Serrano; el secretario del Sindicato de Trabajadores de Alcasa (Sintralcasa), Juan Moya; el presidente del Movimiento La Voz Alcasiana, Javier Torres; y el diputado del Consejo Legislativo del estado Bolívar y presidente regional del partido Primero Justicia, Rachid Yasbek, manifestaron el apoyo de las asociaciones que representan hacia la demanda de amparo constitucional introducida en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por un grupo de trabajadores de Guayana.

Los diez trabajadores que viajaron a Caracas para introducir la demanda de amparo constitucional en contra del memorándum 2792 retornaron a Puerto Ordaz el 7 de agosto luego de que la medida fuese admitida en el TSJ.

Los denunciantes Ramón Castillo, Camilo Torres, Camelia Guerrero, Hugo Medina, Pedro Rondón y Fidel Brito en rueda de prensa invitaron a las diferentes asociaciones a unirse para luchar por la derogación de este memorándum que afecta a todos los empleados del sector público al modificar las tablas salariales y erradicar los beneficios establecidos en los contratos colectivos.

“Hacemos un llamado a todos los gremios para que se adhieran a esta demanda contra el memorándum 2792 que erradicó los beneficios establecidos en la Carta Magna logrados con sangre, sudor y lágrimas del movimiento sindical organizado. Si el tribunal falla en contra de los trabajadores, vamos a demostrar y le diremos a la Organización Internacional del Trabajo el 13 de septiembre que en este país hay una dictadura. Que el TSJ falló en contra de algo inconstitucional. Ese memorándum viola la reserva legal del país”, expuso el presidente de la Federación de Trabajadores de Bolívar, Fidel Brito.

Entre los asistentes estaban representantes de los sindicatos de las empresas de Guayana, entre ellas, Ferrominera Orinoco, Sidor, Venalum y Alcasa. Asimismo, los representantes gremiales del sector educación y salud acudieron para respaldar la denuncia.

“Cuando se homologa un contrato colectivo es una ley de la República y no puede ser derogado a través de un decreto. Este decreto asesinó a la región. No solo a los trabajadores directos, son muchos más los trabajadores indirectos que también fueron cercenados con este decreto”, vociferó el diputado del CLEB y presidente regional de Primero Justicia, Rachid Yasbek, quien hizo entrega de un documento firmado para hacer valer su apoyo a la demanda.

“Nos adherimos a la demanda constitucional, ya que estamos de acuerdo en derogar un memorándum que violentó los beneficios de los trabajadores”, esgrimió el presidente de Sutralúmina, Fernando Serrano.

El grupo demandante aseveró que el proceso no representa únicamente a los trabajadores de Guayana, sino a todos los obreros en el ámbito nacional. Asimismo manifestaron que el 9 de agosto regresarán a Caracas para esperar la audiencia y veredicto de la magistrada asignada para impartir justicia en el caso, Tania D’Amelio.

Procedimiento jurídico

Los denunciantes están siendo representados por el abogado Francisco Medina, quien recalcó que la admisión de esta medida de amparo es un paso en el camino correcto para derogar el 2792, además enfatizó que el caso ya posee un expediente en la Sala Constitucional siendo este el número 220594.

“El procedimiento se rige por la Ley de Amparo. Este recurso es una apelación que busca solicitar la derogativa de ese memorándum por considerar que viola la Constitución y la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt). Los lineamientos del 2792 establecen que ninguna convención colectiva puede estar por encima del aumento de salario decretado por el gobierno de 130 bolívares mensuales”, adujo Medina.

La tesis central de los ocho lineamientos que conforman el memorándum es proteger la fuente de trabajo, dando la posibilidad al patrono de eliminar los beneficios laborales que considere demasiado “onerosos”. A su vez rebaja aquellas tablas salariales cuya base era de un monto superior al salario mínimo. Estas medidas violentan la progresividad de los beneficios contractuales contemplada en la Lottt.

“El amparo fue admitido el 2 de agosto. Nos asignaron una magistrada y un expediente. Ahora se notificará al Ministerio Público, ya que los derechos violentados son de orden público como los principios de irrenunciabilidad y progresividad que poseen los beneficios contractuales. Posteriormente se citará al agraviante que es el Ministerio del Proceso Social del Trabajo, presidido por Francisco Torrealba. Luego de que se efectúe la citación, se tiene un lapso de 96 horas para que la magistrada establezca hora y día de la audiencia. Hay una audiencia única de amparo. Allí debe estar la representación de ambas partes tanto de los trabajadores como del Ministerio Público y la representación del despacho del Ministerio del Trabajo”, puntualizó el especialista en leyes.

Medina también aclaró que pueden solicitarse pruebas hacia ambas partes, a su vez informó que la jueza tendrá 48 horas luego de la audiencia para emitir una sentencia.

Información de Correo del Caroní




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