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La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente  la solicitud de extradición del ciudadano Alejandro José Andrade Cedeño al Gobierno de los Estados Unidos de América, por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, concertación de funcionario público con contratista y legitimación de capitales. Dichos delitos están tipificados en los artículo 54 y 72 de la Ley Contra la Corrupción,  y en el artículo 35 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.

La información fue publicada este sábado ocho en el portal del máximo tribunal de la república.

La sentencia 378 de la Sala de Casación Penal del TSJ, con ponencia de la magistrada Yanina Beatriz Karabin de Díaz, señala que dicha solicitud de extradición activa se declara procedente en virtud de que por noticia criminis se tuvo el conocimiento que el referido ciudadano se encuentra localizado en el territorio de los Estados Unidos, y se encuentra requerido por la autoridades del Estado venezolano.

El dictamen también establece que el Tribunal Supremo de Justicia asume el firme compromiso ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, que el ciudadano Alejandro José Andrade Cedeño,  una vez en territorio de la República Bolivariana de Venezuela, será presentado ante el Juzgado correspondiente con miras a iniciar el proceso establecido en la ley adjetiva penal para el juzgamiento de los delitos presuntamente cometidos por el ciudadano ut supra mencionado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 382 y 383 del Código Orgánico Procesal Penal, con las debidas garantías constitucionales, procesales y penales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Con nota de prensa del TSJ




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