TSJ
(Foto Referencial)

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la «constitucionalidad» de las bases comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente, tras proclamar sin lugar un recurso de nulidad que interpuso el abogado Emilio José Urbina Mendoza contra esta figura.

La Sala Constitucional del TSJ concluyó que las bases comiciales respetan el concepto de la democracia participativa y el sufragio universal, directo y secreto, y que existen en la Constitución de 1999, mecanismos de democracia directa que facultan la presencia privilegiada de sectores sociales, dice un comunicado del máximo tribunal.

La máxima corte resaltó que la elección de los Constituyentes deberá hacerse en el ámbito territorial y sectorial, mediante el voto universal, directo y secreto. La Sala no encontró violación alguna del principio constitucional del sufragio.

La Asamblea Nacional Constituyente, convocada por el presidente Nicolás Maduro el pasado 1 de mayo, ha sido criticada y rechazada por la oposición venezolana; la fiscal general, Luisa Ortega Díaz; y algunos sectores de la sociedad como la Conferencia Episcopal (CEV).

La coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que rechaza la forma de elección y las bases comiciales de la Constituyente, dijo que no participará en este proceso que califica de fraudulento y, en cambio, llamó a sus simpatizantes a continuar con las manifestaciones que se realizan desde hace 75 días.

Ortega Díaz ha introducido recursos contra la Constituyente por considerar que no cumple con la legalidad, pero estos han sido rechazados por el TSJ.

Para el próximo 30 de julio se tiene prevista la elección de los constituyentes que redactarán la nueva Constitución, según lo anunciado por el Poder Electoral.

Desde el pasado 1 de abril Venezuela vive una oleada de protestas a favor y en contra del Gobierno, algunas de las cuales se han tornado violentas y han ocasionado hasta el momento 70 muertos y un millar de heridos, según cifras de la Fiscalía.




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