Este jueves 1 de noviembre, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), reconoció, a través de una sentencia, al Petro como moneda de curso legal, al exigir el pago de daños morales a través de este criptoactivo. Establecieron la indemnización de 957 mil 600 bolívares soberanos al equivalente en petros.

“Se acuerda indemnización por concepto de daño moral ocasionado a la actora, por la cantidad en bolívares equivalente a Doscientos Sesenta y Seis Petros (266 PTR), calculada según el valor del Petro para el momento del pago”, expresa parte de la sentencia.

La Sala Político-Administrativa del TSJ declaró procedente una demanda por indemnización de daño moral y perjuicios materiales introducida por María Elena Matos, contra el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA).

Matos introdujo la demanda a raíz de una enfermedad ocupacional que desarrolló porque el INIA desconoció parte del Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo y la Ley Orgánica del Trabajo, según indica la sentencia.

El petro puede adquirirse con divisas en efectivo en las taquillas de la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) a cambio de un certificado de compra, o con criptomonedas a través de los exchanges o casas de cambio autorizadas.

 

Con información de Efecto Cocuyo




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