Las decisiones 155 y 156 del Tribunal Supremo de Justicia han sido suprimidas luego de una revisión ordenada por el presidente Nicolás Maduro el pasado viernes. Las sentencias comprometían la inmunidad parlamentaria y las capacidades del Poder Judicial sobre el Legislativo por lo que además a Nicolás Maduros se le otorgaban capacidades especiales para decidir sobre el parlamento.
Este 1ero de abril en el sitio web del TSJ se publicaron dos nuevas sentencias, la 157 y la 158, la primera realiza una aclaratoria sobre la decisión número 155 que fue aquella que comprometió la inmunidad parlamentaria. El texto cita que se debe suprimir el contenido y suprimir la cautelar 5.1.1″.
La sentencia 158 hace referencia a la 156 y enfatiza el punto 4.4 sobre la Sala Constitucional y que ordena a garantizar las competencias parlamentarias y a ejercerlas directamente ella misma o por el medio del órgano que ella dispusiera. La nueva decisión elimina esta orden. Sin embargo no se hace mención de los otros puntos por lo que queda explícito que su vigencia parcial continúa.
Las facultades que se mantienen de la sentencia 156 permiten a Nicolás Maduro constituir empresas mixtas sin autorización del parlamento, a su vez podrá modificar leyes como la de Hidrocarburos.