(Foto AFP)

Wuilly Arteaga, un joven venezolano que creció en una de las zonas populares de Valencia, estado Carabobo, al igual que muchos otros jóvenes sintió la necesidad de luchar por la reivindicación de los derechos en Venezuela, frente a un contexto deshumanizador. Su pasión: la música.

En la orquesta sinfónica Juvenil de Caracas, tocó sonriendo y sin ver las partituras porque se las sabe de memoria desde que descubrió que la música clásica existía, supo su destino y dejó atrás la pobreza.

Ahora es conocido como el violinista de las protestas que iniciaron luego de aquellas polémicas sentencias del máximo tribunal de la República en donde le quitaba facultades a la Asamblea Nacional y se las trasladaba a los poderes Ejecutivo y al poder Judicial. Dejó atrás su ciudad para luchar con su música en la gran Caracas. Se integraba a las manifestaciones junto con el resto de los ciudadanos y tocaba su violín. “Más que nada para calmar los ánimos”, según entrevista realizada a su abogado.

Wuilly Arteaga fue víctima de una detención arbitraria durante 19 días de los cuales 10 estuvo incomunicado. La medida sustitutiva a la medida privativa de libertad a pesar de haber sido otorgada no es garantía de reparación a los derechos ya le han sido violados a wuilly. Quedó marcado por consecuencias físicas, psicológicas, y ahora las jurídicas que impone el Estado venezolano al prohibirle a este joven salir a las marchas con un violín y ganas de ver a su país en libertad.

 

El Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (Cadef), considera que la libertad de expresión constituye un derecho humano fundamental que asegura el libre intercambio de ideas y opiniones en una sociedad democrática y plural. No son acordes con el sistema democrático las limitaciones o restricciones al derecho de expresarse libremente, de disentir y de protestar.

El Cadef pide tener en cuenta que la libertad de expresión, es el presupuesto de la libertad del ser humano ya que en ella se asienta el pilar fundamental de donde emanan las demás libertades públicas. La existencia de la libertad de expresión es incuestionable; sólo debe ser materia de interpretación, el grado y la medida de su ejercicio, teniendo como límites las normas constitucionales y legales encaminadas a no permitir el abuso de esta libertad, quebrantando las libertades individuales.

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