Ante el anuncio del gobierno nacional de solicitar a través del sistema 0800 SaludYa, del “carnet de la patria” y tener que “esperar entre dos y tres días para ser remitido a un módulo Barrio Adentro para constatar el estado de salud del paciente y así aprobar los medicamentos requeridos, la Alianza Venezolana por la Salud (AVS) se pronunció en contra de esta medida, por considerarla discriminatoria, ya que el acceso a los medicamentos forma parte del derecho a la salud y debe ser universal.

En el documento de la AVS, que dieron a conocer en una rueda de prensa el epidemiológo José Félix Oletta, Moraima Hernández (médico infectólogo de la Maternidad Concepción Plaza de Caracas y miembros de la Federación Farmacéutica Venezolana (Fefarven), presidida por Edgar Salas, se recordó que este anuncio oficial ratifica la política discriminatoria del Gobierno nacional, ya intentada durante la Campaña Nacional de Vacunación realizada recientemente, y que ameritó la denuncia y el rechazo por parte de la AVS, por considerarla violatoria del artículo 84 de la Constitución de la      República Bolivariana de Venezuela.

Y en la insistencia del Carnet de la Patria, la AVS sostiene que este mecanismo vendría a interferir más en la dispensación segura, oportuna y responsable de los medicamentos indicados por el médico tratante. “Por lo tanto, es contrario al principio de la autonomía profesional sustentado en el juicio clínico y terapéutico, que orienta la conducta del médico en sus actuaciones como terapeuta, vulnera el derecho del médico a prescribir e introduce riesgos para la prescripción, la dispensación segura y la    salud de las personas”.

Analiza esta Ong, que es inaceptable que personas sin la suficiente formación, competencia profesional y experiencia, en clínica, farmacología y terapéutica, sean utilizados como comisarios, que decidan sobre la validez o no, de las prescripciones elaboradas por los médicos, en el ejercicio de sus actuaciones terapéuticas».

Tales disposiciones son contrarias a los valores y principios establecidos en el Código de Deontología Médica, sobre idoneidad, respeto y confraternidad profesional.

Si tales reglas son impuestas y ejecutadas por autoridades y administradores, o por personas sin la debida competencia profesional, se estaría incurriendo en una falta deontológica grave de intrusismo.

En consecuencia, la AVS exige que las disposiciones y requisitos promovidos y anunciados por el Ejecutivo Nacional, para el acceso de  medicamentos esenciales mediante el sistema de la línea 0800 SALUD YA, no sean aplicados.

En relación con el presunto “congelamiento del envío de 300.000 ampolletas de insulina”, anunciadas por el presidente Maduro, se estima que cerca de 300 mil personas en Venezuela, son diabéticos que requieren insulina. “Al menos tres laboratorios transnacionales son proveedores de diversos tipo de insulina y análogos de insulina. Solo uno de ellos (Lilly) basado en los Estados Unidos. Los otros dos de la Comunidad Europea, (de Dinamarca: Novo Nordisk y de Francia: Sanofi).

Y las recientes sanciones económicas aplicadas por el Gobierno de los Estados Unidos, mediante una Orden Ejecutiva del 25 de agosto de 2017, al gobierno de Venezuela, excluye, expresamente: importaciones de alimentos y medicamentos; por lo que no es posible atribuir a esta causa, el retraso en la importación y la falla de disponibilidad de insulina y sus análogos en el país. “Situación que se viene observando desde 2016 y se  ha hecho crítica este año, mucho tiempo antes de aplicar cualquier tipo de sanción al régimen”.

Como referencia, apuntaron que en 2014 se importaron 1.565.404 viales y cartuchos multidosis, para atender la demanda nacional; mientras que en el tiempo transcurrido de 2017, el número de viales y cartuchos multidosis fue apenas de 117.957, una reducción de 90,28%.

El Gobierno Nacional, en aplicación del principio de justicia sanitaria, considera la AVS, debe revisar los criterios que usa para la asignación y adjudicación de divisas y entender que una de las prioridades fundamentales del gasto en salud, es la de garantizar con especial atención el derecho a la salud y la vida de las personas que dependen de la disponibilidad y acceso de medicamentos esenciales, como el caso de  los que requieren de la insulina y sus análogos, que no son producidos en el país.




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