(Foto AFP)

Una cámara de apelaciones confirmó el procesamiento de la expresidenta argentina Cristina Kirchner por presunto perjuicio al Estado en operaciones cambiarias del Banco Central en el final de su gobierno (2007/2015), informó este viernes una fuente judicial.

Kirchner había apelado su procesamiento dictado en mayo por el juez federal Claudio Bonadío, quien ordenó entonces un embargo de 15 millones de pesos (un millón de dólares al cambio). El magistrado la acusa de haber causado daño financiero al Banco Central por sus medidas contra la devaluación en 2015.

En un fallo de 40 hojas, la Sala II de la Cámara Federal ratificó el procesamiento, que deja a la expresidenta argentina al borde del juicio oral, y confirmó el embargo, según el Centro de Información Judicial (CIJ), sitio que depende de la Corte Suprema.

La Cámara confirmó también el procesamiento y embargo por igual suma al ex ministro de Economía Axel Kicillof, al ex presidente del Banco Central Alejandro Vanoli, y a otros 12 ex miembros del directorio del Banco Central.

Según el juez Bonadío, cuando Kirchner era presidenta impulsó en el Banco Central la venta de dólares a futuro a un precio bajo, por lo que la acusa de haber provocado con esa operación fuertes pérdidas a la autoridad monetaria.

La operación con dólares a futuro consiste en fijar un precio de la divisa a tres o cuatro meses, como inversión. Si el tipo de cambio baja, el Banco Central gana dinero, pero si se devalúa, la institución pierde.

Una de las primeras medidas del presidente Mauricio Macri tras asumir el 10 de diciembre fue liberar el tipo de cambio y la devaluación llegó a 32%.

En su defensa, la ex presidenta afirmó que quienes compraron los dólares a futuro fueron empresarios, muchos de los cuales hoy son funcionarios del gobierno de Macri y todos ellos fueron autorizados por el juez Bonadío a cobrar los futuros.

“Si hay algo en lo que están de acuerdo ambas posiciones (denunciantes e imputados que apelaron) es que aquí hubo un fraude descomunal al patrimonio público, y la disidencia afinca en quién tiene la culpa, que se atribuyen recíprocamente”, dijo la Cámara en su fallo.




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