Docentes no pueden ser sancionados si no acatan llamado del ministerio a reintegrarse antes del 16 de septiembre

El colectivo "Gremio Docente" aclaró que no asistir el 8 de septiembre no constituye un delito. Según la normativa educativa venezolana, la fecha oficial para el inicio del año escolar difiere de la establecida por el ministro".
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/ Foto referencial: Archivo

En un reciente anuncio, el ministro de Educación, Héctor Rodríguez, convocó al personal docente y administrativo a reincorporarse a sus labores este 8 de septiembre de 2025. El inicio de actividades estudiantiles está previsto para este mismo mes.

Varios gremios de maestros, sin embargo, están renuentes a esta convocatoria. Argumentan que está fuera de lo establecido por las leyes nacionales vigentes, reseñó Efecto Cocuyo

Organizaciones como el colectivo Gremio Docente, ante las dudas de muchos trabajadores de la enseñanza que no saben qué puede pasar con ellos de no acatar el mandato del ministerio, aclaró que la respuesta es contundente. "No asistir el 8 de septiembre no constituye un delito. Según la normativa educativa venezolana, la fecha oficial para el inicio del año escolar difiere de la establecida por el ministro".

Lo que dicen las normas

La ley establece que el año escolar debe comenzar el primer día hábil de la segunda quincena de septiembre, es decir el 16 , indican en un comunicado.

Gremio Docente, que agrupa a docentes y expertos en educación de todo el país, aclara que no existe sanción penal ni administrativa formal por ausentarse el 8 de septiembre. Advierten, sin embargo, que podría haber presión institucional por parte de algunas escuelas o directores. Buscarán cumplir con el llamado del ministro, a pesar de que este no está respaldado por la ley.

«No asistir el 8 de septiembre no tiene implicaciones legales ni constituye un delito. La obligación formal para el personal docente y administrativo comienza con el inicio del año escolar, fijado por la normativa para el 16 de septiembre. Las directrices emitidas por el ministro son de carácter administrativo y no tienen rango de ley, por lo que los docentes pueden acogerse a las fechas establecidas en la normativa sin temor a represalias legales», añaden.

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