El abogado Perkins Rocha. (Foto Archivo)

 

Resistencia a la autoridad ilegítima y desconocimiento al orden fraudulentamente establecido. Esa es la única alternativa que le queda a la sociedad civil mayoritariamente opositora de Venezuela, de acuerdo al juicio del exmagistrado Perkins Rocha, luego de conocerse la reciente decisión Nro. 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del 29 de marzo, en la que el poder judicial reiteró la tesis según la cual la Asamblea Nacional no puede actuar válidamente al encontrarse en desacato.

Dicha sentencia señala que “mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”, explica Rocha.

El núcleo de la grave situación que nos rodea es esencialmente político: el rechazo del gobierno a concurrir a unas elecciones

El que el Gobierno forajido internacionalmente de Nicolás Maduro, señala el jurista, esté utilizando decisiones judiciales para precipitar una pretendida justificación ejecutiva de inhabilitar a la Asamblea Nacional (máximo órgano legislativo electo por el pueblo y mayoritariamente opositor) no puede hacernos perder el foco: no estamos frente a un problema jurídico. El núcleo de la grave situación que nos rodea es esencialmente político: el rechazo del gobierno a concurrir a unas elecciones.

El exmagistrado Perkins Rocha cree que mientras no haya costos políticos para el gobierno por las decisiones judiciales inconstitucionales que desde hace dos años el TSJ dicta en contra de la Asamblea Nacional (ya van 52), es de esperarse que continúe este atropello judicial y se aproximen peores sentencias aún más conculcatorias.

“Cuando los mecanismos convencionales de defensa a la Constitución (tales como recursos de nulidad por inconstitucionalidad, amparos constitucionales o recursos de revisión) fallan o son inoperantes, emergen jurídicamente las formas no convencionales de protección constitucional reconocidas también por el propio texto supremo».

Como solución a la crisis política que vive Venezuela, el jurista apela al artículo 22 de la CRBV, el cual reconoce los derechos subjetivos innominados, de donde surge o irrumpe un derecho humano de innegable contenido político: el de resistencia a la autoridad ilegítima y desconocimiento al orden fraudulentamente establecido.

Reza el artículo 22 de la CRBV que: “La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”

El magistrado Perkins Rocha señala que la única alternativa que le queda a la sociedad democrática venezolana: rebelarse contra el orden constituido, porque como lo afirmaba el filósofo norteamericano Thoreau «ningún gobierno debe tener más poder que el que los ciudadanos estén dispuestos a concederle», y es un derecho humano inalienable no aceptar un orden ilegítimo establecido fraudulentamente.

Nota de Prensa

 




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.