El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a los bancos del país a realizar compra y venta de divisas entre personas naturales y jurídicas a través de mesas de cambio, según una resolución con fecha 2 de mayo de 2019, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.624.

«Las instituciones bancarias (…) habilitadas para actuar como operadores cambiarios en el sistema de mercado cambiario, podrán pactar a través de mesas  de cambio, entre clientes de esa institución, o en transacciones interbancarias, operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por parte de las personas naturales y jurídicas del sector privado mantenidas en el sistema financiero nacional o internacional, así como por los organismos internacionales, las representaciones diplomáticas, consulares, sus funcionarios y funcionarios extranjeros de los organismos internacionales debidamente acreditados ante el gobierno nacional», señala el artículo 1 del documento.

https://twitter.com/RRDicom2019/status/1125479488828129286

Con este nuevo esquema cambiario se elimina el Dicom, plataforma que funcionó desde febrero de 2017 y que tras las sanciones de Estados Unidos al BCV no había podido seguir ejecutando transacciones para las personas naturales. No obstante, el BCV no estableció una fecha de entrada en vigencia del nuevo mecanismo.

La resolución detalla que «las instituciones bancarias deberán publicar el tipo de cambio promedio ponderado resultante de las operaciones pactadas al final de cada jornada, con indicación del volumen transado». El BCV publicará en su sitio web la tasa que informen los operadores cambiarios, que será el tipo de cambio oficial.

El artículo 7 de la resolución fija la 1:00 pm como hora tope para que los operadores cambiarios informen las operaciones del día, «a los efectos de la determinación y publicación del tipo de cambio ponderado».

Los interesados en comprar o vender divisas pueden hacerlo a través de los bancos o casas de cambio, señala el documento y agrega que para ello se deben cumplir los requisitos que dicten las instituciones.

La resolución también señala que las casas de cambio deben vender en las mesas de cambio las divisas excedentes de sus operaciones.

(Con información de Banca y Negocios/Analítica.com)




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.