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El Manual contra la Corrupción Policial de Transparencia Venezuela señala que el solicitar dinero durante un procedimiento policial, allanamientos arbitrarios, privación ilegítima de libertad, retención de documentos de identidad, torturas y tratos crueles e incomunicación de personas detenidas, son los delitos más frecuentes que cometen funcionarios policiales en el ejercicio de sus funciones.

El abogado Luis Izquiel indica que el método principal para evitar ser víctima de la extorsión de funcionarios es “no guardar silencio frente a estas situaciones y  denunciar oportunamente ante los organismos desde el punto de vista legal o administrativo, según el cuerpo que corresponda, la irregularidad que incurrió el policía o Guardia Nacional”.

En el Manual contra la Corrupción se detallan los pasos que deben seguir los ciudadanos a la hora de denunciar una conducta inapropiada por parte de un funcionario policial. De acuerdo al documento, el Ministerio Público, el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre, la Policía Nacional Bolivariana y la Defensoría del Pueblo son las instancias a donde una persona debe acudir en caso de ser víctima de alguno de los delitos mencionados al principio.

Por su parte, el abogado Izquiel hace un llamado a los venezolanos a conocer sus derechos y procedimientos expresados en las distintas normativas, con el fin de que “se esté preparado y alerta cuando un funcionario intente retener un vehículo o encarcelar a una persona”.

“Si el ciudadano siente que no está cometiendo ninguna irregularidad, no debe caer en la extorsión por parte de funcionarios, y aunque estamos en un país donde los policías se valen de que no se respeta el debido proceso y las personas prefieren pagar la extorsión, hay que dejar esta concepción a un lado y denunciar”, detalla el abogado.

Otros especialistas en el tema de corrupción invitan a los víctimas de este tipo de atropellos a tomar nombres y credenciales de los funcionarios al momento del hecho, para luego proceder a la denuncia penal; si no los tiene, debe exigirlos.

Al respecto de esta sugerencia, la Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional refiere en su artículo 68 que: “Las funcionarias y funcionarios policiales están obligados, durante el ejercicio de sus funciones, a utilizar los uniformes e insignias del cuerpo policial al cual pertenecen, a mostrar su nombre en lugar visible, así como a portar los documentos de identificación que los acrediten como funcionarios”.

(Con información de El Pitazo)




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