Dos procesos judiciales con Jesucristo de protagonista han marcado huella en la historia del derecho sobre la libertad de expresión, el primero fue “La última tentación de Cristo” (1988) que presenta una visión dramática a partir del sufrimiento del hijo de Dios en la crucifixión y la otra mas atrevida “La primera tentación de Cristo” (2019) que sugiere a un Jesús homosexual, ambas fueron legalmente prohibidas y tema de dos juicios que aquí reseñamos. Esta es la historia.

LA PRIMERA TENTACIÓN DE CRISTO

Un cortometraje grabado en Brasil como especial de navidad fue puesto en pantalla por Netflix fue legalmente prohibido y recientemente permitido, presenta a Jesús como un homosexual que de regreso de una temporada en el desierto decidió llevar a un amigo especial a la cena de su cumpleaños con la Sagrada Familia generó fuertes reacciones en contra al punto que hasta se produjo un ataque con bombas incendiarias contra la sede de la productora “Porta dos Fundos”.

EL JUICIO CONTRA LA PELÍCULA

Agrupaciones religiosas lideradas por laAsociación Centro Don Bosco de Fe y Cultura,y apoyados en una petición de dos millones trescientas mil firmas recogidas por Change.org para que la película no se proyectara, demandaron judicialmente su retiro de la pantalla. El caso llegó al juez de segunda instancia de Rio de Janeiro Benedicto Abicair quien emitió una orden cautelar ordenando la suspensión de la exhibición de la películabajo el argumento de que “el derecho a la libertad de expresión, prensa y artística no es absoluto”. Como conclusión de su dictamen el juez escribió: “Considero, por lo tanto, mas adecuado y benéfico, no solo para la comunidad cristiana, sino para la sociedad brasileña, mayoritariamente cristiana, hasta que se juzgue el fondo del recurso, recurrir a la cautela para calmar los ánimos, por lo que concedo una medida preliminar provisional en la forma solicitada”.

Netflix se dispuso a pelear por exhibir la película, llevó el caso ante el Supremo Tribunal de Brasil y dijo. “Apoyamos fuertemente la expresión artística y vamos a luchar para defender este importante principio que es el corazón de grandes historias”.

El magistrado Antonio Dias Toffoli, presidente de la Corte Suprema, tomó el caso y a comienzos de este año 2020 dictó una resolución anulando la medida de suspensión por lo que la película volvió a ser exhibida, y así se manifestó: “No estamos descuidando la relevancia del respeto por la fe cristiana, así como todas las demás creencias religiosas o su ausencia. Sin embargo, no se debe suponer que una sátira humorística tiene el poder de socavar los valores de la fe cristiana cuya existencia ha estado por mas de dosmil años

 ANTES HUBO OTRO CASO EN CHILE

En el año 1973, estando Chile gobernado por Pinochet, se creó un Consejo Calificador Cinematográfico con potestad de ejercer censura. En 1988 se puso en exhibición la película titulada “La última tentación de Cristo” dirigida por Martin Scorsese que fue prohibida.

El argumento es diferente, presenta un Jesús que en medio del sufrimiento por la crucifixión mientras clamaba a Dios por haberle abandonado se le aparece el ángel guardián diciéndole que ha sido enviado a salvarlo. Jesús es bajado de la cruz y seguidamente se casa con María Magdalena, al poco tiempo ella muere estando embarazada.Después Jesús se casa con Marta de Betania y forma una familia para hacer una vida común hasta que ya muriendo de viejo es confrontado por Judas Iscariote quien le hace ver el error de morir como un humano común, le dice que el fulano ángel que lo bajó de la cruz en realidad era satanás que aprovechándose de la duda cuando clamó haber sido abandonado le privó de ser el salvador. Jesús se arrepiente por haber renunciado al sacrificio, pide perdón a Dios y entonces como despertando de un sueño se da cuenta que estaba en la cruz, que nunca bajó de allí, que lo otro fue una alucinación y entonces termina su vida terrenal.

Ese guion fue considerado un sacrilegio y tras protestas de puritanos fue prohibida la exhibición. La empresa que lo comercializaba ejerció recursos legales contra la medida que fueron desestimados. La dictadura cayó en 1990 y el nuevo gobierno se adscribió a la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Al margen, la empresa patrocinadora de la película gestionó ante el nuevo gobierno que se levantara la prohibición y se permitiera la exhibición de la película, simultáneamente un grupo político-religioso demandó un Recurso de Protección que tuvo como resultado el restablecimiento de la prohibición contra la película mediante una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia. En 1997 se ratificó dicha prohibiciónbajo el argumento de que “el ejercicio de la libertad de expresión podía colisionar con el derecho a la honra (en este caso, de Jesucristo), caso en el cual, debía privilegiarse la restricción y no la libertad.”

El fallo fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la cual instó al gobierno a eliminar la normativa constitucional que autorizaba la censura previa, y al poco tiempo ésta presentó ante la Corte Interamericana una demanda formal contra el Estado chileno pidiendo la eliminación de la norma de la Constitución de la República de Chile que permitía aplicar censura previa. El 5 de febrero de 2001 fue dictada sentencia donde se declaró con lugar la acción porque el Estado violaba la libertad de pensamiento y de expresión y le ordenó modificar su ordenamiento jurídico para que se suprimiera la normativa que permitía la censura

A continuación, el dispositivo que al respecto dictó el fallo de la Corte Interamericana:

“…4. Decide que el Estado debe modificar su ordenamiento jurídico interno, en un plazo razonable, con el fin de suprimir la censura previa para permitir la exhibición de la película “La Última Tentación de Cristo”, y debe rendir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dentro de un plazo de seis meses a partir de la notificación de la presente Sentencia, un informe sobre las medidas tomadas a ese respecto.”

QUE HIZO CHILE

El Estado chileno acató la sentencia de la CIDH ypromulgó la Ley de Reforma Constitucional N° 19.742, que eliminó la censura previa, reemplazándola por un sistema de calificación cinematográfica. La ley fue aprobada en junio de 2001 y publicada el 25 de agosto de ese año. El 9 de enero de 2003 la película fue calificada por el nuevo Consejo de Calificación como película para mayores de 18 años, permitiéndose de esta forma su exhibición y dándose, de esta forma, cumplimiento íntegramente a la sentencia de la CIDH.

@carlosramirezl3

 




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