(Foto cortesía)

La venezolana Linda Loaiza López Soto, quien fue secuestrada, torturada, mutilada y violada en el año 2001, dijo hoy que podrá «hablar de justicia» cuando el Estado venezolano ejecute la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió sobre su caso.

«Cuando el Estado venezolano ejecute el contenido íntegro de la sentencia, podré hablar de justicia. Entretanto persiste la impunidad», dice Loaiza en una imagen que compartió en su cuenta de Twitter y de Instagram.

Esta es la primera reacción de Loaiza a la sentencia de la CorteIDH que encontró responsable al Estado de Venezuela por una serie de negligencias y violaciones de derechos en su caso.

La Corte encontró al Estado «responsable por los hechos de tortura y violencia sexual sufridos por Linda Loaiza López Soto, en violación de varias disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer».

La joven fue secuestrada por un hombre el 27 de marzo de 2001 cuando tenía 18 años, hasta que, casi cuatro meses después, el 19 de julio de ese año, fue rescatada por las autoridades en pésimas condiciones de salud.

Los jueces dieron por probado que, durante el periodo que estuvo secuestrada, López Soto «fue sometida de manera continua a diversos actos de violencia física, verbal, psicológica y sexual, incluyendo la ingesta forzada de alcohol, drogas y medicamentos, privación de alimentos, reiteradas violaciones vaginales, anales y con objetos».

Según la sentencia, la mujer también fue víctima de «golpes que le provocaron traumatismos contusos y hematomas en el rostro, los pabellones auriculares, el tórax y el abdomen, fractura de la nariz y la mandíbula, entre otros».

Tras ser rescatada, López Soto fue operada 15 veces y permaneció en un hospital un año.

En el proceso penal interno de Venezuela se llevaron a cabo dos juicios orales, ya que el primero fue anulado.

En el segundo, el agresor, identificado como Luis Carrera Almoina, fue condenado por los delitos de privación de libertad y lesiones gravísimas, pero absuelto por violación.

En la actualidad, se encuentra pendiente la revisión del proceso en lo referente al delito de violación.

Los jueces ordenaron al Estado continuar el proceso penal interno pendiente por tortura y violencia sexual, investigar amenazas sufridas por la víctima y garantizar su seguridad, así como determinar las eventuales responsabilidades de los funcionarios que no investigaron desde un primer momento el caso.




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