Quince navidades. Se dice fácil, pero cuando ese tiempo ha transcurrido en prisión, acusados por un delito no cometido, la realidad se vuelve gris.

Este diciembre, los policías metropolitanos sentenciados por la muerte de 2 de las 19 personas asesinadas durante los sucesos de Puente Llaguno, el 11 de abril de 2002, se enfrentan a su décima quinta navidad en prisión, específicamente en la cárcel de Ramo Verde.

Con todos los derechos procesales vencidos, ningún juez se ha atrevido a hacer valer los beneficios que el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley de Redención Judicial de la Pena por trabajo y estudio otorgan a cada procesado de este país, independientemente del delito cometido.

Ya no se trata de si son culpables o no, que no lo son. Todas las pruebas presentadas en el tribunal durante el juicio más largo de la historia, que se extendió por más de tres años, fueron refutadas por la defensa y también por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc).

Aún así fueron condenados a penas que van entre los 16 años y 8 meses y los 30 años de cárcel. Ya tienen 14 años, siete meses y 15 días tras las rejas. Catorce días del padre, catorce cumpleaños y, si no se pone freno a esta injusticia, acumularán 15 navidades alejados de sus seres queridos.

Contar sus historias no es sencillo. Hay un drama subyacente en cada una de ellas. Vistas desde sus ópticas, o desde las de sus familiares, la tristeza y la impotencia no pasan desapercibidas.

ILUSIONES ROTAS

En esta historia hubo un punto de quiebre: La navidad de 2007. María Pascastillo, esposa del comisario Marco Hurtado, la cuenta. Todos la vivieron.

Ese año, un decreto con fuerza y rango de Ley otorgaba Amnistía a todos los presos vinculados con los hechos del 11 de Abril de 2002, en aquellos delitos en los cuales no se haya incurrido en ofensa de lesa humanidad.

Los policías metropolitanos fueron condenados por delitos comunes: Homicidio calificado en complicidad, homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva, lesiones personales graves y leves en complicidad correspectiva y uso indebido de arma de fuego.

Establecía el artículo 2 del decreto de Amnistía que: «Conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, se extinguen de pleno derecho las acciones penales, judiciales, militares y policiales, instruidas por cualquiera de los órganos del Estado, tribunales penales ordinarios o penales militares, que se correspondan exclusivamente con los hechos a que se refiere el artículo anterior».

Ese 31 de diciembre, como los anteriores, los familiares de Marco Hurtado, Arube Pérez, Héctor Rovaín, Erasmo bolívar y Luis Molina, culminaron la visita. Cuando se retiraban de la cárcel, los escucharon: «No se vayan, espérennos, vamos a salir en libertad».

La celebración fue inmediata: Lágrimas, abrazos, sonrisas, una inmensa felicidad, que se vio truncada a las 10:00 p.m., cuando la diputada Yajaira de Forero los ubicó en la realidad. «Según la fiscal Luisa Ortega Díaz, los cinco funcionarios de la PM no serán beneficiados con la Amnistía, porque ellos incurrieron en delitos de lesa humanidad». La sentencia no respaldaba la afirmación de Ortega Díaz, pero eso no importó.

Este fue el único 31 diciembre en el que, aunque las familias estaban todas reunidas en Ramo Verde, nadie se dio el feliz año. Todos se fueron, todos se encerraron en sus cuartos, todo el mundo lloró. Esta historia aún no se supera.

Para Marco Hurtado ha habido muchos momentos difíciles, otros no tanto. En un tiempo en el que las visitas a la cárcel de Ramo Verde no estaban restringidas a familiares directos, él recibió una sorpresa. Hermanos, tíos, abuelos, primos se fueron al penal a celebrar, junto a él, los 15 años de su hija, Chiquinquirá. Ella, vestida de princesa, con tiara y guantes, pudo bailar el vals con su papá, en la antesala del piso cinco, una pequeña sala que albergó a decenas de espectadores. «Nunca pensé que vería esto», le decía a sus familiares.

LA EXPERIENCIA DE ARUBE PÉREZ

La Navidad es la época más dolorosa para el cabo primero Arube Pérez. «Aunque trato de alegrar a mi familia, pienso en que las horas pasan muy rápido y que, llegado el momento, tendré que dejarlos ir».

A Arube Pérez se le rompe el corazón. Saber que no pasará otro año con ellos es lo más duro. Aún recuerda el día que una de sus hijas le preguntó: «Papá, ¿a ti te gusta esta casa?. Cuenta su esposa, Yamileth Hernández, que Pérez le respondió que no. Cuando la niña le dijo, en su inocencia por no saber que estaba preso, ¿entonces por qué no te vienes con nosotros?, rompió en llanto.

Todos los años, mes a mes y día día, he tratado de agotar los medios legales para ayudarlo a salir de allí, atestiguó Yamileth Hernández. Los momentos de recreación en su familia cambiaron, ahora la cita es en Ramo Verde. «Ya no hay días de playa, no hay viajes. Nuestros días libres son para él y los más fuertes, por tristes, son los 31 de diciembre. El intenta hacernos sentir bien, pero es triste llegar a la hora de despedirnos y verlo quedar detrás de esos muros. No paramos de llorar».

HÉCTOR ROVAÍN, CON LA FE PUESTA EN DIOS

El inspector jefe Héctor Rovaín abrazó la religión cristiana en la cárcel. Un duro golpe, la muerte de su madre el 7 de junio de 2013, lo marcó. No pudo verla viva.

Desde esa fecha también perdió el contacto físico con su padre, Maximiliano Toro, aquejado de cáncer de próstata y ciego. Hace un mes volvieron a verse. El anciano hizo un esfuerzo sobrehumano y  soportó el viaje desde Guarenas a Los Teques. Así pudo abrazar a su hijo, después de más de 4 años. El reencuentro, cuenta su prima Raquel Rovaín, fue enternecedor.

Lágrimas y abrazos caracterizaron la jornada. El compartir se extendió todo el día, los cuentos que no habían compartido, las caricias de un padre a su hijo que estaban pendientes. Todo, después de cuatro años.

EL DEPORTE DE ERASMO BOLÍVAR

La disminución de las actividades deportivas en el penal afectó a Erasmo Bolívar. El es instructor y coordinador deportivo de Ramo Verde. Es un hombre activo, alegre y espontáneo. El basquet, su mayor pasión, llena el vacío de la gran soledad en la cárcel y lo mantiene activo.

Su tía, María Isabel Bolívar, ha notado el cambio. La última vez que pudo organizar un evento fue el 24 de septiembre, día de la Virgen de Las Mercedes, patrona de los presos. Ese día, Bolívar condujo los torneos de basquet, futbol-sala y voleibol entre internos de distintos pisos. «Se le veía contento, esa es su vida», señaló la conocida Tía Bolívar.

Al hablar de Ramo Verde, a María Isabel se le corta la voz. Cuenta como cada fin de semana que puede acudir a la visita, le habla a la Virgen de las Mercedes que está a la entrada de Ramo Verde. «Le pido que lo deje ir, que ya lo tuvo suficiente tiempo allí. Se que no puedo poner en duda la fe que siento, pero creo que ya es suficiente. Ya pagamos lo que hicimos y lo que no hicimos también»

LOS PROBLEMAS DE SALUD DE LUIS MOLINA

A Luis Enrique Molina la tensión le afecta. Estuvo a punto de tener un accidente cerebro vascular hace un año, por una subida de tensión cuando dormía. A su padecimiento se suman sus preocupaciones.

Hace 7 años pudo estar en la operación de Katherine, la mayor de sus hijas, que ya cumplió 16. Era una cirugía delicada y le dieron el permiso para ser trasladado al hospital y acompañar a su esposa en este momento. No corrió con la misma suerte cuando se trató de la operación de Lismar, la más pequeña. El tribunal no lo autorizó. Desde Ramo Verde esperó las noticias con angustia e incertidumbre por la salud de la niña, recordó Laura Pérez de Molina.

A ella también le ha tocado enfrentar momentos duros en estos casi 15 años de reclusión de su esposo.

ILEGALIDAD EXTREMA

La ilegalidad que rodea este caso es extrema. No solo la condena sin pruebas, sino el irrespeto al COPP y a la Ley de Redención de la Pena.

A partir del artículo 488 y hasta el 497, el Código Orgánico Procesal Penal establece los derechos procesales referidos a Medidas Alternativas al Cumplimiento de la Pena.

Por solo mencionar dos, el artículo 488  señala lo siguiente: «El tribunal de ejecución podrá autorizar el trabajo fuera del establecimiento, a los penados y penadas que hayan cumplido, por lo menos, la mitad de la pena impuesta.El destino al régimen abierto podrá ser acordado por el tribunal de ejecución, cuando el penado o penada haya cumplido, por lo menos, dos tercios de la pena impuesta.
La libertad condicional podrá ser acordada por el tribunal de ejecución, cuando el penado o penada haya cumplido, por lo menos, las tres cuartas partes de la pena impuesta».

Este artículo del COPP tiene unas exigencias: Que el beneficiario no haya cometido delito durante el cumplimiento de la pena, que clasifique en el grado de mínima seguridad según criterio de la junta designada por el Ministerio Penitenciario, que tenga conducta favorable certificada por el equipo evaluador, que no se le haya revocado alguna medida alternativa, no haya incurrido en hechos de violencia dentro del penal y que haya culminado o curse estudios y trabaje en los programas del ministerio en cuestión.

Son cuatro las medidas alternativas al cumplimiento de la pena establecidas en el COPP. El destacamento de trabajo permite al recluso salir a trabajar y regresar al centro de reclusión cada noche. En el régimen abierto se envía al recluso a un centro de tratamiento comunitario, donde trabaja y pernocta de lunes a jueves, y viernes, sábado y domingo duerme en su casa.

La libertad condicional establece medidas de presentación periódicas ante el tribunal y el confinamiento permite al recluso vivir a 120 kilómetros del lugar donde ocurrieron los hechos. En la última reforma del COPP se eliminó el confinamiento, pero los PM fueron juzgado con el código anterior, por lo tanto preservan sus derechos.

Los policías metropolitanos cumplen todos estos requisitos. Desde el 2013, cada año sus abogados y familiares han solicitado el otorgamiento de estos derechos procesales. La respuesta es siempre la misma: Silencio

Marco Hurtado, Arube Pérez, Erasmo Bolívar, Héctor Rovaín y Luis Molina trabajan han redimido su condena, a razón de 2 días de trabajo o estudio por uno de libertad. Así lo ha certificado el ministerio penitenciario en varias oportunidades, pero ningún tribunal les respeta sus derechos.

El artículo 3° de la  Ley de Redención Judicial de la pena por trabajo y estudio establece que podrán redimir su pena con el trabajo y el estudio, a razón de un día de reclusión por cada dos (2) de trabajo o de estudio, las personas condenadas a penas o medidas correccionales restrictivas de libertad. El tiempo así redimido se les contará también para la suspensión condicional de la pena y para las fórmulas de cumplimiento de ésta.

¿MEDIDAS ALTENATIVAS=IMPUNIDAD?

Las medidas alternativas al cumplimiento de la pena no conllevan impunidad. Así lo estableció la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia 1859 del 18 de diciembre del 2014: «Permita que se le conceda a los imputados y penados de esta última categoría de delito, fórmulas alternativas a la prosecución del proceso y a la ejecución de la pena y, de esta manera, permitir que el Estado cumpla con las estrategias de transversalidad humanista que apuntan hacia una reinserción social, razón por la cual queda entendido que las fórmulas señaladas no constituyen beneficios procesales ni conllevan a la impunidad».

Tanto el comisario Marco Hurtado, como el cabo primero, Arube Pérez, tienen todas las medidas alternativas al cumplimiento de la pena vencidas. El primero condenado a 16 años y 8 meses de prisión y el segundo a 17 años y 10 meses, desde 2010 son beneficiarios de estos derechos.

Erasmo Bolívar, Héctor Rovaín y Luis Molina, condenados a 30 años de prisión, tienen vencidas las medidas de destacamento de trabajo y régimen abierto.

En ocasión del diálogo que los días 1 y 2 de diciembre se realizará en República Dominicana, los familiares de los cinco PM que aún están recluidos en Ramo Verde manifestaron su disposición de negociar. Ya es un tema de humanidad, más no de legalidad.

Si las medidas alternativas al cumplimiento de la pena no proceden, los PM tendrán que permanecer por mucho tiempo más en prisión. Marco Hurtado saldría en libertad el 15 diciembre 2019; Arube Pérez el 15 de febrero de 2021 y Erasmo Bolívar, Héctor Rovaín y Luis Enrique Molina, el 15 de abril de 2033. Ningún preso en este país ha cumplido la condena completa, para eso están los derechos procesales.

Las aberrantes condenas impuestas a ellos en una conjunción impúdica del poder judicial con el fallecido Hugo Chávez, motivaron una disculpa pública del ex juez Eladio Aponte Aponte. Tarde llegaron, ya el daño estaba hecho.

En este momento lo que impera es hacer justicia frente al error cometido, claman los familiares. Que les otorguen las medidas alternativas al cumplimiento de la pena es uno de los acuerdos a los que aspiran se llegue este 1 y 2 de diciembre, durante las reuniones del diálogo en República Dominicana.




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