El Banco Central de Venezuela (BCV) emitió este viernes 9 de octubre un comunicado en el que informa de la suspensión de producto o servicio que facilite los pagos de bienes y servicios en divisas en el país.

En el documento, el ente exhorta al sector bancario al cese inmediato de cualquier producto o servicio que los bancos universales y microfinancieros se encuentren ofreciendo a sus clientes y usuarios, que impliquen el pago de bienes y servicios en divisas en la República Bolivariana de Venezuela, con cargo a las cuentas en moneda extranjera en el sistema financiero nacional. 
Carta textual:
«Se informa a dichas instituciones bancarias que el Banco Central de Venezuela no ha autorizado a ninguna empresa para operar como proveedor no Bancario de Servicios de Pago en moneda extranjera. En este sentido, las empresas que se encuentren ofreciendo tales servicios, lo hacen en contravención a lo dispuesto en los artículos 2, 14 y 23 de la Resolución N° 18-12-01 del 04/12/2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17/12/2018, contentiva de las “Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago que Operan en el País”», se lee en la circular publicada en la página oficial del BCV.
Atentamente,
Sohail Hernández Parra
Primera Vicepresidente
Gerente (E)



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