Nicolás Maduro eufórico en rueda de prensa mostrando el documento denominado “Memorándum de entendimiento” que se firmó en México y que asegura, como solo podría hacerlo un dictador, que su asamblea nacional lo aprobará, y que luego lo publicará en su Gaceta Oficial para darle fuerza de ley

LA “LEY DE ENTENDIMIENTO” Y EL JUICIO EN LA CPI
Nada extraña que este régimen haga revestir con carácter de ley a ese papel, a Maduro cualquier barbaridad le es posible, solo que en él quienes se comprometieron fueron él mismo y un sector de la oposición allí denominado Plataforma unitaria que no tiene personalidad jurídica ni institucionalidad alguna, solo es una coalición de algunos de los partidos que hacen vida en la Asamblea Nacional como son Voluntad Popular, Primero Justicia, Acción Democrática y Un Nuevo Tiempo, partidos estos que por cierto antes fueron ilegalizados e intervenidos en una acción combinada entre los distintos aparatos jurídico-político del régimen conformado por su CNE, TSJ, ANC que para reforzar tal abuso autorizaron dar apariencia legal a espurias directivas paralelas. Esas son las entidades comprometidas en el documento al que Maduro desesperado por ser reconocido como presidente anunció que dará “fuerza de ley”.

¿PUEDE ESE DOCUMENTO INCIDIR EN EL JUICIO EN LA CPI?

Tajantemente NÓ

En primer lugar, porque aquel proceso judicial internacional se rige por un instrumento, el Estatuto de Roma, que no contempla ninguna posibilidad de convenios, ni de transacciones, eso comienza con la denuncia y debe concluir con una sentencia, no hay posibilidad de desistimiento ni de transacciones, ni de convenios. Una vez iniciado se pone en marcha un mecanismo que no contempla paradas intermedias sino una sentencia final de absolución o de condena.

POR OTRA PARTE

El citado documento solo tiene consecuencias entre quienes lo suscribieron, ese es su límite, ni siquiera tiene valor institucional como por ejemplo pudiera alegarse si en vez de Plataforma Unitaria hubieran firmado en nombre de la Asamblea Nacional y/o del presidente interino designado por ésta, eso sería otra cosa, pero no es así. En resumen, pues, ese documento solo compromete a sus firmantes y solo vale lo que valga esa hoja de papel pues que diga lo que allí diga, Maduro no es presidente de Venezuela porque no ha sido legalmente elegido como tal, ni es reconocido por el pueblo ni por la comunidad internacional. Hasta risible es imaginarlo llamando a los presidentes de los países que no le reconocen diciéndoles “Reconózcanme, miren que la plataforma unitaria me ha reconocido, aquí está el documento donde lo hicieron y que es ley de la república”.

LA LIBERACIÓN DE FREDDY GUEVARA
Este acto sí que ha de tener impacto en el proceso ante la CPI en cuanto que un preso político del régimen, supuestamente sometido a proceso judicial penal por ante el Juzgado Cuarto de Control bajo cargos de terrorismo y traición a la patria fue liberado para que asistiera al proceso de conversaciones en México como parte de la Plataforma unitaria. Esto es una demostración fehaciente que refuerza la conclusión de procedencia del enjuiciamiento a Maduro en La Haya pues uno de los puntos en los que se apoyó la declaración de la fiscalía es que en Venezuela no hay un sistema judicial autónomo ni independiente, por lo cual se cumple uno de los requisitos básicos del Estatuto de Roma para la activación de su competencia que es el principio de complementariedad. Así ha quedado claro que este diputado era un preso político sujeto a la voluntad del régimen, otro de los tantos, y ese nuevo elemento probatorio seguramente ya estará siendo consignado por ante el Fiscal Karim Khan con el pedimento de que apure sus actuaciones.

CONCLUSIONES

1. La alegría del dictador por haber sido reconocido como presidente ha de serle efímera pues el radio de acción de tal “reconocimiento” está limitado a un ente partidista, no al Poder Legislativo, así como tampoco a quien esta declaró como presidente interino.
2. La conversión en “ley” del documento denominado Memorándum de entendimiento entre Nicolás Maduro Moros y la Plataforma Unitaria sería otra demostración de la existencia de una dictadura que irrespeta el procedimiento establecido en la Constitución para la formación de las leyes.
3. El proceso ante la Corte Penal Internacional no puede ser detenido y por el contrario se refuerza en su requisito de complementariedad con la liberación del diputado Guevara.

Carlos Ramírez López @CarlosRamirezL3




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