Ley de Minas extiende la concesión a 30 años: AN aprobó este jueves hasta el artículo 55

El artículo 54 estableció  que la duración de la explotación no excederá de 30 años (en el proyecto eran 20 años), contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Podrá prorrogarse por dos períodos sucesivos no mayores de 10 años cada uno, si así lo solicitase el sujeto de aplicación

La Asamblea Nacional (AN) tampoco sancionó la Ley Orgánica de Minas durante la sesión ordinaria de este 26 de marzo. El Parlamento trató de acelerar la segunda discusión que abarcó desde el artículo 13 hasta el 55, cuando el diputado (Psuv) Orlando Camacho solicitó el diferimiento.

El artículo 54 estableció  que la duración de la explotación no excederá de 30 años (en el proyecto eran 20 años), contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Podrá prorrogarse por dos períodos sucesivos no mayores de 10 años cada uno, si así lo solicitase el sujeto de aplicación, reseñó Efecto Cocuyo

Ley de Minas extiende a 30 años la concesión de proyectos

Entre los cambios destacados que sufrió el proyecto de ley, entregado por el gobierno encargado de Delcy Rodríguez al Parlamento, está la creación de la Superintendencia Nacional de la Actividad Minera (artículo 13) que tendrá sede en Caracas y contará con oficinas regionales. El organismo estará encabezado por un Consejo Directivo, integrado por un presidente y  cuatro directores con suplentes, de libre nombramiento y remoción por parte del Ministerio con competencia en la materia. 

Entre las 12 atribuciones están recaudar multas establecidas en la ley, sustanciar procesos administrativos por violaciones a la normativa y aplicar sanciones.

“En todo caso, la creación de una administración sectorial minera con autonomía e independencia puede contribuir a elevar la calidad de la regulación minera, mejorando con ello la calidad de los derechos mineros”, opinó al respecto el abogado constitucionalista José Ignacio Hernández sobre la creación de la Superintendencia.

Instituto de Geología y Minería sin universidades

En el artículo 18 se establece igualmente la creación del Instituto Nacional de Geología y Minería, encargado de realizar investigaciones en las áreas relacionadas para la certificación de recursos minerales y riesgos para el ambiente, entre otros. En este punto, el diputado de Vamos Vamos Venezuela, Reinaldo Sifuentespidió que se tomara en cuenta la incorporación de representantes de universidades nacionales en áreas especializadas, lo cual fue negado por la mayoría del chavismo.

En el artículo 27 de la normativa también quedó establecido el Fondo Nacional Minero, cuyo funcionamiento será regulado por el Ejecutivo Nacional. Es llamativo que de 9 funciones fueron eliminadas seis,  entre ellas otorgar créditos y asistencia para la elaboración, formulación y ejecución de proyectos socio-productivos, mineros y minero industriales. Incluso aquellos destinados al desarrollo y producción de materias primas, equipos o herramientas necesarios. 

Se incluyó además en el artículo 35 que las áreas declaradas como mineras pueden ser decretadas como zonas de seguridad por el Ejecutivo Nacional en Consejo de Ministros. El diputado de Vamos Vamos Venezuela, Alejandro Aguilera, advirtió en este punto que hay un exceso de poder del Ejecutivo. 

Zona de seguridad

Una propuesta de factores de oposición como el exdiputado de la AN, Elías Matta, es que la concesión para los proyectos mineros fuera extendida a 30 años prorrogables hasta 60 años. La AN dio acogida al planteamiento, en parte, y en el artículo 54 quedó establecido  que la explotación tendrá una duración que no excederá de 30 años (en el proyecto eran 20 años), contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Podrá prorrogarse su duración por dos períodos sucesivos no mayores de 10 años cada uno, si así lo solicitase el sujeto de aplicación, solvente en sus obligaciones con la República, con 6 meses de antelación al vencimiento del período inicial concedido».

Lo que no se dijo

El jefe de la AN abandonó el hemiciclo de sesiones al llegarse a la discusión del artículo 20 de la Ley de Minas. En su lugar, el primer vicepresidente, Pedro Infante, procuró acelerar la discusión de la normativa e interrumpió las observaciones de los diputados fuera del chavismo cada vez que intervenían. 

Durante la sesión no se hizo mención al proceso de escogencia del fiscal general y el defensor del pueblo, pese a que la prórroga solicitada por Jorge Rodríguez, y aprobada por la plenaria para que se presentaran nuevas postulaciones, venció este 26 de marzo a las 4:00 p.m.

Del orden del día también fue excluida la aprobación de un proyecto de acuerdo en “repudio” a los intentos de privatización de la industria petrolera que aludía a la intervención de la líder opositora, María Corina Machado, en la mayor conferencia energética del mundo en Texas, Estados Unidos. Allí abogó por un aumento de la inversión extranjera incluso dentro de Pdvsa. 

«Se acaba el viacrucis»

Durante la sesión ordinaria de este jueves también quedó sancionada la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos. Tiene 12 artículos, tres disposiciones transitorias, una derogatoria y única. 

Con una expresión de alivio, al quedar aprobada la ley por unanimidad, Jorge Rodríguez aseguró que con la normativa se busca “acabar con el viacrucis de los venezolanos en las taquillas”. 

La normativa contempla (artículo 7) la conformación de una Comisión Nacional para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, cuya función es evaluar y proponer al gobierno las medidas dirigidas a la aceleración de trámites. 

Ejecutivo presidirá la comisión

La instancia estará presidida por el Ejecutivo Nacional e integrada por el vicepresidente, vicepresidentes sectoriales de la administración pública, dos diputados de la AN, dos gobernadores, dos alcaldes y un representante de la Defensoría del Pueblo. También una secretaría técnica designada por el Ejecutivo. 

El artículo 8 llama a establecer mecanismos de participación y consulta popular en la aplicación. El 9 insta a que los trámites realizados por miembros de comunidades indígenas sean igualmente tratados con celeridad  y en respeto de sus usos y costumbres.

El artículo 12 ordena igualmente desarrollar mecanismos para que cualquier sector de la sociedad, por edad o incapacidad, no quede excluido del acceso a plataformas digitales para hacer trámites. Señala, entre otras cosas, que se debe garantizar atención personalizada. 

El artículo 11 señala que cada órgano de la administración pública debe crear una unidad para la aceleración de trámites y coordinar con otros entes del Estado para el intercambio de información. La dilación injustificada en el intercambio acarrea responsabilidad jurídica.

La disposición derogatoria suprime el Instituto Nacional de Gestiones Eficientes de Trámites y Permisos, para lo cual hay un plazo de 180 días continuos luego de sancionada. “Primera vez que escucho que existe ese instituto (…) que en paz descanse”, acotó Jorge Rodríguez.

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