La sentencia por la cual estamos camino a la pérdida definitiva de Citgo es un texto bastante largo, son 40 páginas traducidas del idioma inglés que he leído, analizado y donde queda absolutamente claro que esta debacle nació de la desgraciada política de expropiaciones aplicada por Chávez y se consolidó en los infames juicios arbitrales por reparaciones de daños que cursaron en el CIADI donde el gobierno interino de Juan Guaidó tuvo una irresponsable actitud de descuido por lo que entre otras faltas confió la defensa a un abogado que había formado parte del equipo de las empresas demandantes Crystallex y Owens Illinois, defensa que por supuesto no fue tal y de allí se originaron todas esas sentencias por las que ahora estamos camino a la pérdida de CITGO.

Ya dictadas las sentencias arbitrales a favor de Crystallex, Owens Illinois, Exxon Mobil y otras, se abrió el trámite para la ejecución judicial y allí tampoco se hizo lo debido, se descuidó el procedimiento inicial ante la Corte de Washington DC donde dichos fallos fueron llevados en solicitud de autorización para ser ejecutadas por ante los tribunales ordinarios de EEUU lo cual se permitió prácticamente sin oposición desperdiciándose allí la oportunidad de cuestionar fuertemente el fraude que en el previo arbitraje se llevó a cabo por la falta de representación legal de Venezuela como lo he denunciado y explicado al detalle tantas veces, lo cual pudo haber impedido que se autorizara la prosecución ante el tribunal de Delaware.

La primera beneficiaria de las sentencias CIADI, la empresa Crystallex, la cual había vendido la mayor parte de los derechos originados en aquel proceso a una empresa de inversión en riesgos, una de esas catalogadas como “buitres” lo cual constituyó -sin oposición- una flagrante violación al sentido, propósito y razón del Tratado de Arbitraje por el cual se creó dicho tribunal lo cual sin duda consiste en causal de nulidad de dicha sentencia arbitral pues las reglas del Tratado creador del CIADI limita el acceso al arbitraje solamente a favor de las empresas afectadas, no a terceros, así lo denuncié públicamente pero eso nunca se reclamó.

Esa empresa buitre -repito- actuando como Crystallex consignó demanda ante la Corte de Distrito de Delaware donde hizo valer la antes mencionada tesis del Alter ego según la cual aún cuando la sentencia se había dictado contra la persona jurídica República Bolivariana de Venezuela, se pedía que se ejecutara contra otra diferente como es CITGO, esto bajo el argumento de que ambas personas jurídicas son lo mismo y para demostrarlo trajo como pruebas las decisiones de la Asamblea Nacional y del Gobierno interino en las cuales se evidenciaba el poder decisorio de estas sobre la empresa.

En efecto, la AN y Guaidó tomaban las decisiones de dirección que corresponderían a Citgo y por eso el juez sentenció que las separaciones de personerías jurídicas eran ficticias, que eran lo mismo, y por ello Citgo tenía que responder por las sentencias del CiadiEse es el corazón del problema, es el fundamento de la sentencia.

No hubo quien advirtiera a la AN ni a Guaidó del riesgo jurídico de no respetar la independencia de ambas y allí está la razón por la que la sentencia del juez Stark estableció que tanto el gobierno de Chávez como el que representaba Guaidó actuaban exactamente de la misma manera disponiendo directamente las decisiones que corresponderían a la directiva de Citgo demostrando con ello total identidad en las responsabilidades de sus actos.

Con lo anterior aclaro que no se acusa a la Asamblea Nacional ni a Guaidó de corrupción, sino de torpeza al ponerse abiertamente a ejercer las funciones que en teoría correspondían a Pdvsa ad hoc/Citgo, tal como lo hacía Chávez y en Venezuela lo sigue haciendo Maduro.

Todo lo anterior lo explica el juez Leonard Stark con detalles en su decisión emitida con base a lo alegado y probado en el proceso donde concluyó que ambos, Maduro y Guaidó, actuaron exactamente igual en ese tema. Aquí coloco el link donde se puede acceder al texto de la sentencia traducida al español donde están pormenorizados los hechos.

https://carlosramirezl3.medium.com/esta-es-la-sentencia-de-la-corte-de-distrito-de-delaware-c574bbeb90ee

Esta es la sentencia de la Corte de Distrito de Delaware.

Como puede verse en esa sentencia tiene lugar especial la subordinación de los recursos financieros de Pdvsa ad hoc/Citgo a las decisiones de Juan Guaidó y la Asamblea Nacional. Sin duda que esa actitud ha sido producto de un pésimo asesoramiento pues ha podido y debido hacerse el control sobre estas empresas sin el descaro de sobrepasar los límites legales para ello. Estos terribles actos fueron producto de la ignorancia, del desconocimiento de los efectos jurídicos de tal proceder, mas sin embargo hay que recordar que la ignorancia no es eximente de responsabilidades penales ni civiles.

Así pues que de la lectura de esta sentencia no se desprende que dicho interinato ni la Asamblea Nacional-repito- hayan incurrido en robos de los dineros de Pdvsa/Citgo, sino que abiertamente se ejerció el poder de decisión sobre los dineros de éstas demostrando así que lo que se denomina el “velo corporativo” es una simulación y por tanto, concluyó el juez, debe responder por los hechos, por las expropiaciones ejecutadas por el gobierno de Chávez.

PRONTO PUBLICARÉ SOBRE EL BONO PDVSA 2020 de lo cual también tengo bastante que decir, pero mientras tanto apunto que también cita este fallo la grosera contradicción en el caso del pago de intereses -71 millones de dólares- aprobados por la AN por vencimiento del Bono Pdvsa 2020 cuando apenas unos meses antes había emitido dos actos declarándolo nulo, y a esto hay que agregar la absurda aprobación de pago que se hizo por recomendación del mencionado “procurador interino” que ha debido ser el primero en evitar ese tipo de actos en vez de lo cual lo gestionó con persistencia utilizando como argumento de que eso se hacía “bajo protesto” lo cual nunca explicó en que consistía, ni ha servido de nada.

Así que en otro artículo me extenderé sobre este caso del Bono Pdvsa 2020 y la demanda que por su cobro se tramitó originalmente por ante la Corte Federal del Dtto. Sur de New York bajo la batuta de la juez Katherine Polk Failla.

Repito y no me cansaré de repetir que las deudas por las que ahora se condena a Pdvsa/Citgo nacieron de las sentencias del CIADI que estando afectadas de nulidad por falta de representación legal de la RBV no se combatieron, de allí viene este desastre. Fue una irresponsabilidad absoluta lo que marcó el desempeño del llamado “procurador interino” en su deber de trabajar a fondo por la nulidad de esas sentencias por violación al derecho a la defensa de la demandada RBV, no lo hizo lo cual denuncié una y otra vez. Esto pudo reclamarse tanto en el mismo CIADI, como en la Corte de Washington DC donde se le dió el pase a las ejecuciones a dichas sentencias espurias, también en la Corte de Delaware, y hasta en la Corte Suprema donde se ejerció el recurso “Certiorari” que careció de ese y otros puntos de gran importancia que repetidamente ofrecí complementar y se me ignoró.

Ofrecimiento de apoyo judicial a Pdvsa Ad hoc para impedir remate de Citgo.

Carlos Ramírez López @CarlosRamirezL3 @DrLeyCRL

PÁRA MUESTRA BASTA UN BOTÓN. Recalco el hecho de la mas alta de esas condenas del CIADI contra Venezuela que es la de ConocoPhillips que alcanzó a la suma de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES y que el procurador interino convalidó al reclamar solo que debería reducirse porque contenía un error numérico de 200 millones lo cual fue inmediatamente aceptado por la empresa a rebajarlos porque así aprovechó para que ese fallo quedara firme por OCHO MIL QUINIENTOS MILLONES y este procurador interino tuvo el descaro de anunciar en un tuit suyo que había obtenido un éxito al lograr esa rebaja.

Luego de mi denuncia pública que hice hace mas de 4 años, este “Procurador” salió a decir que había pedido la nulidad de dicho fallo, y lo mismo luego repitió el otro procurador interino Dr.Sánchez Falcón, nulidad que nunca se tramitó, y hasta ahora ese escandaloso hecho quedó totalmente ignorado.

Quien quiera ver todas las advertencias que hice, las soluciones que ofrecí, los llamados a poner coto a la mala defensa puede ir a verlas en mi sitio carlosramirezL3.medium.com 

En fin, en esas 40 páginas está fotografiado el desastre financiero que esto significa para el país por lo que se espera que se reconozcan errores, establezcan responsabilidades y se produzcan cambios adecuados a la gravedad de la situación.

AQUÍ UN LISTADO DE EXPROPIACIONES : Hotel Hilton Caracas. Hotel Hilton Margarita. Cargill. Sambil. Hipermercados Exito. Daka. Exxon Mobil. Conoco Phillips. Sidetur. Owens Illinois. Coferry. CANTV. Electricidad de Caracas. Seneca. Lácteos Los Andes. Cementos de Venezuela. SIDOR. Banco de Venezuela. LAFARGE. HOLCIM. CEMEX. Minas de oro Las Cristinas. CRYSTALLEX. SMURFIT KAPPA. Puerto de Maracaibo. Puerto de Puerto Cabello. CocaCola Femsa.AEROPOSTAL. 60 Empresas Petroleras. MATESI. COMSIGUA. ORINOCO IRON. VENPRECAR. PIGAP II. CATIVEN. Supermercados CADA. Galpones de Empresas Polar. MONACA-GRUMA. Envases Internacional. AVENTUY. Industria Nacional de Artículos de Ferretería. Helmerich & Payne. AGROISLEÑA. VENOCO. SIDETUR. SIVENSA. Centrales azucareros. Planta de arroz CARGILL. Industria DIANA. Palmaven. Fertilizantes Nitrogenados de Oriente, SA. Fertilizantes Nitrogenados de Oriente, CEC. Fertilizantes Nitrogenados de Venezuela, SRL. Fertilizantes Nitrogenados de Venezuela, CEC (Fertinitro).
Gambrinus Corporation. Complejos hoteleros. Fabricas de vidrio.

Compañías de lubricantes. Fabricas de envases de aluminio. Fabricas de cartón. Fabricas de materiales de construcción. Supermercados. Cadenas alimentarias. Planta de taladros petroleros. Yacimientos de oro. Yacimientos de gas. Yacimientos de Petroleo
Total 1087 Empresas…y además: 179 Edificios privados. 64 Estacionamientos. 43 Conjuntos urbanisticos paralizados
523.000 Apartamentos y Casas expropiación indirecta (Prohibición de desalojos). 838 Fincas . 47 Fundos. Universidad Santa Inés.

5% DE EXPROPIACIONES FUERON PAGADAS
95% DE EXPROPIACIONES FUERON ROBADAS
62% DE EXPROPIACIONES FUERON ABANDONADAS
12% DE EXPROPIACIONES FUERON REVENDIDAS A EMPRESAS PRIVADAS
ESTIMADO PARA REPARACIÓN DEL DAÑO: 433.000.000.000$

Citgo
Pdvsa Ad Hoc
Corte De Delaware
Gobierno Interino

Carlos Ramírez López @CarlosRamirezL3 @DrLeyCRL




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