Henri Falcon
(Foto referencial)

En medio de una crisis económica en el país, de mesas de negociaciones fallidas entre el Gobierno y la oposición y un proceso electoral que la comunidad internacional ha señalado que no reconocerá, surge un elemento que pone en jaque el sentimiento democrático de los venezolanos: Las elecciones presidenciales.

Esos comicios llegaron acompañados de unas garantías electorales presentadas como un elemento novedoso, pero que no son más que el cumplimiento de algunos artículos consagrados en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su reglamento, irrespetados de manera reiterativa en los procesos electorales organizados en revolución.

El texto de garantías, que contiene 11 acuerdos, fue firmado por representantes de Nicolás Maduro y Henri Falcón. luego se sumó el pastor Javier Bertucci. Solo suscribieron el documento el Movimiento al Socialismo (MAS), Copei y Avanzada Progresista, en representación de Henri Falcón. Por Maduro estampó su rúbrica Jorge Rodríguez, ministro de Comunicación. Los partidos de oposición que forman parte de la Mesa de la Unidad Democrática se abstuvieron

USO EQUILIBRADO DE LOS MEDIOS

Una de las garantías establecidas en este acuerdo es el uso equilibrado de los medios de comunicación durante la campaña electoral. Este elemento, que se presenta como una garantía nueva,  está claramente establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales. En el acuerdo se suscribe, de manera íntegra: «Se asegurará y favorecerá equidad en el acceso a los medios públicos y privados, y redes sociales nacionales e internacionales en el desarrollo de la campaña electoral. Las partes se comprometen a respetar de manera estricta el equilibrio en el acceso a los medios de comunicación públicos y privados».

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La Ley de Procesos Electorales en el Título VI, Capítulo I garantiza la igualdad en el acceso a los medios de comunicación, por lo que este punto está consagrado en la Ley y no representa un elemento nuevo.

En el tiempo que dure la campaña electoral, el Gobierno Nacional evitará emitir transmisiones conjuntas de radio y televisión, cita otro de los acuerdos de garantías firmados. En el mismo título anterior de la Lopre se prohíbe el uso de recursos públicos para la difusión de propaganda. Por lo que evitar las transmisiones conjuntas de radio y televisión para tal fin no significaría romper el acuerdo, sino irrespetar las normas del Consejo Nacional Electoral, un hecho reiterativo.

SORTEOS DE MIEMBROS DE MESA, LOS ORDENA LA LOPRE

Otra garantía suscrita en el acuerdo establece la realización oportuna del sorteo de miembros de mesa con la adecuada notificación a los mismos y la debida supervisión del Poder Electoral.

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El Título VII de la Ley de Procesos Electorales establece con carácter obligatorio el sorteo y notificación de esos miembros de mesa, pero también de todos los integrantes de los organismos subalternos de la Junta Nacional Electoral, que son las juntas regionales electorales, juntas metropolitanas electorales, juntas municipales, parroquiales y las mesas electorales.

Pero el acuerdo solo se refiere al sorteo y notificación de los miembros de mesa, obviando los demás aspectos. En todo caso, se trata de una garantía que debe ser cumplida en todos los procesos electorales en el país, haya o no un acuerdo entre Gobierno y oposición.

APERTURA DEL REP: ¿CUANDO? 

Otra de las garantías establecidas en este acuerdo es el de solicitar al Consejo Nacional Electoral un nuevo plazo de apertura del Registro Electoral en Venezuela y el exterior para los efectos de la elección presidencial del Mayo 2018. Lo que resulta curioso es que aún no se sabe si será aprobado por el CNE, por lo que no se puede dar fe que se cumpla esta garantía. Lo anunció el presidente Nicolás Maduro, pero no lo ha hecho Tibisay Lucena

AUDITORIAS TÉCNICAS: ¿CUAL NOVEDAD?

Se acordó además que se realizarán todas las auditorías técnicas con los estándares establecidos, no inferiores a los utilizados en las elecciones de 7 de octubre de 2012 y del 6 de diciembre de 2015. En particular las citadas auditorías afectarán a todos los componentes del sistema, con protocolos establecidos y presencia de la observación internacional.

El artículo 156 de la Lopre, tipifica la auditoría como la verificación de todos aquellos recursos materiales, tecnológicos y datos utilizados en la ejecución de las distintas fases del proceso electoral, para que éstos garanticen la transparencia y confiabilidad de dicho proceso. Las auditorias podrán aplicarse al conjunto o algunas de las fases del proceso electoral.

La auditoría garantizará la auditabilidad del sistema electoral automatizado y comprenderá la certificación de los procesos del sistema electoral automatizado en cada una de sus fases, establece el artículo 160 de la referida Ley. Por lo que estos puntos sólo representan el cumplimiento de lo ya establecido en la Ley.

ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL

En esta lista de garantías, surge el acompañamiento internacional citado de la siguiente manera:

Gobierno y oposición acuerdan proponer al Secretario General de Naciones Unidas se conforme una delegación de acompañamiento y observación electoral amplia y calificada para todas las fases del proceso electoral, asi como de otras instancias y organizaciones internacionales mutuamente acordadas. En este sentido, de manera inmediata se designará una comisión paritaria de las partes que se reunirán con el Secretario General de Naciones Unidas a los efectos de la organización de la citada misión de Acompañamiento y Observación Electoral.

En el Título XIV del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales está claramente señalado este aspecto cuando mencionan la Observación Nacional Electoral y el Acompañamiento Internacional Electoral con el fin de presenciar de manera imparcial e independiente, la transparencia de los procesos electorales.

De cumplirse con las garantías acordadas entre el Gobierno y tres partidos ajenos a la Mesa de la Unidad Democrática, solo se estaría dando cumplimiento a lo establecido en las leyes en materia electoral. Esto no necesariamente significa que el sistema de votación contará con medidas que refuercen la transparencia fuera de lo ya establecido legalmente, pero si permite pensar que en las elecciones realizadas en años anteriores no se había dado cumplimiento absoluto a la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su Reglamento.

EN CONTEXTO

Luego de varios días de reuniones entre los diferentes partidos que conforman la Mesa de la Unidad Democrática, la coalición opositora anunció al país que no participaría en los comicios pautados, en principio para el 22 de abril y luego para el 20 de mayo, por no cumplir con garantías de transparencia.

Pero lo que quizás no se esperaba la fracción opositora era que la propuesta de Diosdado Cabello, que pareció más bien una orden al Consejo Nacional Electoral, de incluir en los comicios presidenciales la elección de los consejos legislativos estadales y consejos municipales se concretara. Tampoco se contaba con la decisión del dirigente de Avanzada Progresista, Henri Falcón, de postularse como candidato, aún cuando sostuvo reuniones dentro de la Unidad, que finalmente rompió.

La presidenta del CNE, Tibisay Lucena informó a los medios de comunicación que los comicios se realizarán el 20 de mayo y que, en efecto, se tratará de una megalección, ya que la propuesta de Cabello, a la que posteriormente se unió Nicolás Maduro, fue aprobada, pese a que en principio tanto Lucena, como Delcy Rodríguez, presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente, se opusieron. Para esa fecha, no sólo se escogerá al presidente de la República, sino a legisladores y concejales, en un proceso que desde 2004 le ha dado garantías a los candidatos y candidatas que se han postulado, según mencionó Lucena. Lo que no incluyeron fue la elección de los diputados a la Asamblea Nacional

 




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