La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la extradición activa del ciudadano venezolano Deini José Azócar Borges a la República del Perú, para ser sometido en Venezuela a un proceso penal por la presunta comisión del delito de homicidio calificado por motivos fútiles o innobles, contra Alejandro Samuel Planchart Fernández.
La sentencia asume el compromiso ante la República del Perú que Deini José Azócar Borges será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión del delito mencionado, destaca el documento proveniente del TSJ.
La Sala en su decisión, con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela, agrega que del análisis de la documentación que consta en el expediente se evidencia que, en el presente caso, además de los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en Venezuela.
Los hechos ocurrieron en diciembre del año 2013 en el Barrio Pinto Salinas, parroquia El Recreo del municipio Libertador de Caracas, donde resultó muerto por disparos el ciudadano Alejandro Planchart Fernández.
NDP