Hacer reflexionar y movilizar a las personas alrededor del mundo contra el trabajo infantil, es el fin de la Organización Internacional del Trabajo al instituir, en el año 2002, que cada 12 de junio se conmemore el Día Mundial contra este fenómeno que impide la educación y pleno desarrollo del niño.

Esta conmemoración llama la atención contra el trabajo infantil, y en sus peores formas, reflejando las culturas y las costumbres locales, incentivando la participación de autoridades, medios de comunicación, la sociedad civil y público en general.

El trabajo infantil prohibido en el derecho internacional queda comprendido en tres categorías:

  • Las formas peores de trabajo infantil, que a escala internacional se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, y actividades ilícitas.
  • Un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para el tipo de trabajo de que se trate (según determine la legislación nacional, de acuerdo con normas internacionales aceptadas), y que, por consiguiente, impida la educación y el pleno desarrollo del niño.
  • Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina «trabajo peligroso».

Uno de los métodos más efectivos para lograr que los niños no comiencen a trabajar demasiado temprano es establecer la edad en que de forma legal pueden incorporarse al empleo o a trabajar.

Y los principios fundamentales del Convenio de la OIT por lo que respecta a la edad mínima de admisión al empleo, son los siguientes:

Trabajo peligroso

Ninguna persona menor de 18 años debe realizar trabajos que atenten contra su salud o su moralidad.

Edad mínima límite

La edad mínima de admisión al empleo no debe estar por debajo de la edad de finalización de la escolarización obligatoria, por lo general, los 15 años de edad.

Trabajo ligero

Los niños de entre 13 y 15 años de edad podrán realizar trabajos ligeros, siempre y cuando ello no ponga en peligroso su salud o su seguridad, ni obstaculice su educación, su orientación vocacional ni su formación profesional.(Fuente: www.deperu.com)




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