EFE

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró el viernes la constitucionalidad de los decretos dictados por el presidente Nicolás Maduro que extienden por 60 días el plazo de estado de excepción en municipios de los estados venezolanos de Apure y Zulia, fronterizos con Colombia.

Así lo decidió la Sala Constitucional, según expresa en un comunicado, en ponencia conjunta de las magistradas y magistrados que la integran, en las sentencias números 1545, 1546, 1547 y 1548.

Se estableció el estado de excepción en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún, Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada, La Cañada de Urdaneta y Colón del estado Zulia, así como los municipios Páez, Rómulo Gallegos y Pedro Camejo del Apure.

El documento añade que lo acordado «resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el desarrollo integral del derecho constitucional a la protección por parte del Estado».

Bajo este marco legal se establece que las autoridades venezolanas ejecutarán registros para investigar «graves ilícitos administrativos» contra «las personas, su vida, integridad, libertad o patrimonio», así como delitos relacionados con la «Seguridad de la Nación», el «orden socioeconómico», la identidad y el «orden migratorio».

También se señalan restricciones al tránsito de mercancías y bienes, por lo que las autoridades podrán revisar equipajes y vehículos.

Todo lo anterior podrá realizarse «sin la necesidad de una orden judicial previa», aunque se aclara que en todo el procedimiento se respetará «de forma absoluta» la dignidad de las personas, advierte el documento.

La decisión de Maduro fue justificada como una de las herramientas implementadas por el Ejecutivo para luchar contra el contrabando y el crimen organizado que, según las autoridades, tenía tomado el control de la zona.

La medidas del Gobierno incluyen además el cierre del paso fronterizo y el libre tránsito de ciudadanos.




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