El cronometro se encendió. Mes y medio o dos meses estará activo. No más que eso. Los abogados de presos políticos, exiliados, inhabilitados, imputados y perseguidos iniciarán una fuerte actividad en tribunales al vencerse ese lapso. Hay al menos 35 hechos específicos ocurridos desde  el 1° de enero de 1999, enumerados en el proyecto de Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, que aplica para más de 200 personas. En Carabobo se incluyen las protestas ocurridas en 2014. 

La promesa electoral bandera de los diputados de la oposición está en curso en la secretaría de la Asamblea Nacional (AN). El miércoles 3 de febrero fue introducida a las 5:00 p.m. A la mañana siguiente entró a cuentas con la segunda confirmación de que el instrumento no tiene ningún impacto económico. 

El Reglamento de Interior y Debates es explícito. Su artículo 104 establece que la primera discusión de proyectos se fija dentro de los diez días hábiles siguientes, luego de transcurridos cinco días consecutivos a su incorporación al sistema automatizado por secretaría. El jueves 11 de febrero pudiera darse el debate, pero hay otras leyes en cola, según la diputada Delsa Solórzano. 

Tampoco se ha planteado activar la urgencia para acortar los lapsos. Así que según los cálculos del legislador por Carabobo, integrante de la comisión de Política Interior, Juan Miguel Matheus, en 90 o 120 días la ley ya estará proclamada y con sus casos debidamente preparados, los defensores podrán pedir la libertad plena de quienes han sido procesados, se mantienen en el exilio, presos o inhabilitados. 

Los beneficiados

Todos los presos, perseguidos y exiliados políticos sin excepción están incluidos en la Ley. Los diputados no manejan una lista específica de nombres. Tampoco existe dentro del documento introducido. Como un instrumento sin rostro fue prometido durante la campaña. Lo que sí contempla el proyecto es una enumeración de hechos, y que quienes hayan sido procesados por participar en ellos se les conceda la amnistía. 

El artículo 7 de la norma tiene una lista. Figuran casos como las protestas y manifestaciones durante 2003 y 2004, con motivo del referendo revocatorio presidencial, las de 2006 y 2013 antes y después de las elecciones presidenciales; las de 2007 con ocasión de la revocatoria de la concesión a Radio Caracas Televisión, y la propuesta de reforma constitucional sometida durante ese año a referendo aprobatorio; la participación y organización de la marcha contra la Ley Orgánica de Educación realizada en la ciudad de Caracas, el 22 de agosto de 2009, o la participación en general en cualquier protesta en el territorio nacional contra la discusión o aprobación de dicha Ley. 

Las acciones de calle de 2014 que iniciaron en febrero tienen un apartado especial. Destaca que solo en Carabobo recibirán amnistía aquellos involucrados en protestas desde enero hasta el 31 de diciembre de ese año, en el resto del país se especifican diversas fechas. El estudiante Andrés León figura en la lista regional. También se incluye la marcha realizada el 12 de febrero hacia la sede de la Fiscalía General de la República, por la que fue condenado a 13 años, 9 meses y 7 días, el dirigente político Leopoldo López. 

Pero la Ley es amplia. Al incluir todos los casos de persecuciones políticas desde enero de 1999, también le dará el derecho de amnistía a los policías metropolitanos presos desde 2002 por las manifestaciones de abril de 2001. 

“Son más de 100”, exclamó Solórzano, pero el Foro Penal Venezolano maneja una lista de 78 presos políticos que no incluye a los perseguidos, exiliados ni inhabilitados. Cada caso será sometido a consulta. “No se nos colará nadie”. La idea es que no se aprovechen de la amnistía quienes sí hayan incurrido en crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad o relativos a violaciones graves a los derechos humanos perpetrados por autoridades o funcionarios públicos.

Proclamación,  un hecho

Sabemos quiénes son y dónde están. Y si tenemos que ir a las cárceles a sacarlos lo haremos, dijo sin titubeos Solórzano para quien la nueva mayoría en la AN hará respetar la Constitución y demás leyes. “No hay forma que la amnistía no se cumpla”. 

Pero las dudas han surgido. Si una vez aprobada la Ley debe pasar a manos del Ejecutivo para su aprobación, su entrada en vigencia podría verse frustrada. “No aceptaré ninguna Ley de Amnistía”, exclamó el presidente Maduro dos días después de que el oficialismo perdiera mayoría parlamentaria. 

El diputado Matheus lo explicó. “El presidente no tiene capacidad de vetar la Ley”. Lo único que puede hacerle son algunas observaciones y devolverla para que en tercera discusión la AN las debata y haga la proclamación. La fracción de la MUD espera que sea aprobada por unanimidad, pero de lo contrario, con sus 109 manos alzadas lo harán. El mandatario nacional tiene 10 días para hacer las revisiones o proclamarla, si pasa ese lapso y no hay ningún pronunciamiento el parlamento la proclama. 

La amnistía no es impugnable. Aclaró Matheus en torno a lo que podría hacer el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), su rol será el de hacer algunas observaciones. El director ejecutivo del Foro Penal Venezolano (FPV), Alfredo Romero, indicó que el TSJ puede declarar vicios inconstitucionales dentro del proyecto, pero no puede evitar su promulgación. Así  al TSJ le quedarían 15 días hábiles para declararla inconstitucional antes de que sea aprobada. 

Romero recordó que la Sala Constitucional no tiene potestad para desaprobar la ley sino considerar vicios reales de inconstitucionalidad. 

Lista de hechos

1. Las protestas y manifestaciones registradas en 2003 y 2004, por el referendo revocatorio presidencial. 

2. Las escenificadas en las embajadas de Colombia y España, en Caracas, en febrero de 2003. 

3. Las de 2006, durante las elecciones presidenciales. 

4. Las protestas universitarias en Mérida, en mayo de 2006. 

5. Las del año 2007, por la revocatoria o no renovación de la concesión del uso del espectro radioeléctrico a RCTV y la propuesta de reforma constitucional sometida a referendo aprobatorio. 

6. Las protestas que arrojaron la detención y despido de trabajadores de la Alcaldía Metropolitana en Caracas, en 2009. 

7. La participación, convocatoria pública, coordinación o dirección de la marcha contra la Ley Orgánica de Educación en Caracas, el 22 de agosto de 2009, o la participación en cualquier protesta o manifestación contra la discusión de la Ley Orgánica, en 2009. 

8. Las protestas  frente al Circuito Judicial Penal del estado Barinas, en 2011. 

9. Las de 2013 por las presidenciales. 

10. Las ocurridas en 2014, en especial las que se indican a continuación: 

1 Las de enero durante la “Serie del Caribe” en el estado Nueva Esparta. 

2 Las iniciadas desde el 4 de febrero en Táchira. 

3 Las realizadas desde el 5 de febrero en Mérida. 

4 La marcha del 12 de febrero hacia la Fiscalía General de la República, en Parque Carabobo, en Caracas. 

5 Las manifestaciones de los días 19 y 20 de febrero, en las cercanías de la Universidad Rafael Belloso Chacín (URBE), en la Urbanización La Trinidad, Maracaibo, en Zulia. 

6 Las manifestaciones de marzo, por los cuales se haya investigado, procesado o sometido a cualquier tipo de procedimiento a militares o civiles, o hayan sido imputados, acusados o condenados, por la supuesta vinculación con la posesión y el tráfico de armas y explosivos. 

7 Las manifestaciones del 21 de marzo de 2014, en la Avenida Bolívar, frente al Complejo de Ferias de Maracay. 

8 Las reuniones en el Ministerio para la Defensa, en Caracas, y en Maracay, en marzo. 

9 La manifestación en abril en el distribuidor Santa Fe de Caracas. 

10 Los hechos de abril, relacionados con la supuesta entrega de dinero para el financiamiento de protestas y manifestaciones que se llevarían a cabo en los sectores Santa Fe, Prados del Este y Altamira en Caracas. 

11. Las manifestaciones de mayo en la plaza “Astolfo Romero” y sus adyacencias en Maracaibo, en Zulia. 

12. Las ocurridas desde enero hasta el 31 de diciembre en Carabobo. 

13. Los hechos de febrero, marzo, abril, mayo y junio en San Felipe, Yaracuy. 

14. Las manifestaciones del 4 de abril en Montalbán de Caracas. 

15. Las supuestas reuniones celebradas en abril en la Plaza Altamira y sus inmediaciones, del municipio Chacao en Caracas, en las que varios ciudadanos supuestamente abordaron temas vinculados a la realización de acciones destinadas a subvertir el orden público. 

16. La convocatoria y realización en febrero, marzo, abril, mayo y junio de la movilización de estudiantes y sociedad civil, en Chacao. 

17. Los hechos que justificaron los allanamientos en Chacao, donde habrían sido incautados insumos y dinero supuestamente para financiar las protestas. 

18. Los acontecimientos del 11 de junio en las inmediaciones de la Décimo Cuarta Brigada Blindada del Ejército Bolivariano de Venezuela, en la Avenida Los Leones con Avenida Venezuela en Barquisimeto, estado Lara. 

19. Los acontecimientos del 12 de septiembre en la Avenida Bracamonte en Barquisimeto. 

20. Los hechos que justificaron el allanamiento residencial y la detención de varios ciudadanos en la urbanización Sebucán en Caracas, en mayo. 

21. Los pronunciamientos públicos en febrero y marzo en Táchira, durante las protestas y manifestaciones que criticaban al régimen político o a las autoridades constituidas, o su rechazo a sus políticas, considerados como supuestos actos de desconocimiento del gobierno. 

22. La presunta cedulación de extranjeros para participar en las protestas y manifestaciones en Táchira. 

23. Los hechos que justificaron las detenciones masivas y el desmantelamiento de los campamentos de ciudadanos instalados en todo el país, en mayo. 

Artículo 12.- Se concede la amnistía de los hechos relacionados con las expresiones emitidas por dirigentes políticos los días 23 de enero de 2014 y siguientes, a través de los medios de comunicación y redes sociales, en el contexto de la propuesta denominada “La Salida”. 

Artículo 13.- Se concede la amnistía de los hechos relacionados con el “Acuerdo Nacional para la Transición”, suscrito por varios dirigentes políticos el día 11 de febrero de 2015, y con el llamado público a suscribirlo o respaldarlo. 




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