Explota como una granada ante mis ojos la versión que circula en las redes sobre que Alemania se sumará a la denuncia que un grupo de países han interpuesto ante la Corte Penal Internacional contra Nicolás Maduro y otros por delitos contemplados en el Estatuto de Roma -el genocidio entre ellos- y es que convencido como estoy de la inutilidad de dicha Corte, pero buscando alternativas con la misma finalidad, he venido contemplando la posibilidad de acudir por ante los tribunales de la República Federal de Alemania que están autorizados para ejercer una jurisdicción mucho más amplia que la de La Haya porque ésta no es universal, solo puede ejercer su actividad respecto a aquellos países que forman parte del Estatuto de Roma.

En cambio la establecida en la legislación germana sí que es en verdad de alcance mayor, puede extender su radio de acción a cualquier lugar del mundo donde se haya cometido uno de los crímenes tipificado en su Código de Crímenes de Derecho Internacional (CCDI). Al respecto le escribí al Dr. Ivo Hernández, un venezolano y muy distinguido profesor de la universidad de Muenster, Alemania, planteándole el tema a quien en principio le pareció una idea excelente que iba a revisar para responder con mas atención.

TRIBUNALES ALEMANES PUEDEN JUZGAR DELITOS INTERNACIONALES

El germen embrionario sembrado en Núremberg con la constitución del Tribunal Militar Internacional que juzgó a los jefes nazis no se ha extinguido, ha fructificado en su misma tierra de origen, y lo ha hecho al establecer en su legislación tanto penal como civil, su disposición y autoridad para juzgar delitos de lesa humanidad, y es natural que así lo hiciera por aquel antecedente histórico.

En Alemania se ha consagrado el Código de Crímenes de Derecho Internacional (CCDI) en cuyo primer artículo establece la jurisdicción universal sobre genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Este es el texto de dicha norma: “Esta ley rige para todos los delitos de derecho internacional descritos en ella, incluso cuando el hecho fuera cometido en el extranjero y no muestre ninguna relación con el territorio nacional.” Es así como la Fiscalía Federal alemana está legalmente autorizada para hacer lo mismo que la fiscalía de la Corte Penal Internacional sin sus corruptelas ni sus complicaciones.

El criterio que privó en el establecimiento de este sistema en el proceso germano fue que la gravedad del delito es lo que proporciona legitimidad universal para juzgarlo. De manera que, si se trata de un atentado contra la humanidad, ésta que es la víctima no tiene limitación territorial para perseguirlo y en consecuencia puede procesarlo en cualquiera de sus manifestaciones nacionales. Así inclusive lo ha plasmado la jurisprudencia del Tribunal Federal de Justicia cuando sentenció que no es necesario un vínculo genuino adicional en los casos relativos al artículo 6 de su Código Penal. Esa decisión que marcó jurisprudencia se pronunció en el sentido de que el ejercicio de la jurisdicción universal no vulnera el principio de no intervención pues Alemania cumple con sus obligaciones internacionales al ejercer su jurisdicción sobre delitos de derecho internacional.

QUE PASA CUANDO ALEMANIA CALIFICA DE CRIMEN UNIVERSAL LO QUE OCURRE EN VENEZUELA

Si el caso se presenta a la Fiscalía Federal de Alemania invocando su propia legislación, específicamente su CCDI, debe procesarlo. Mas, sin embargo, pudiera producirse alguna controversia interna al respecto. Pero si a eso le precede algún pronunciamiento de su propio gobierno no habría justificación alguna para eludirlo, estaría obligada a enjuiciarlo en sus tribunales, obligación que no podría evadir con la justificación de llevar el caso a la Corte Penal Internacional porque se lo impide el concepto de complementariedad el cual significa que solo si la jurisdicción interna no puede, o no quiere juzgar los hechos es que puede acudirse a ella.

 POLITICAMENTE CORRECTO JURIDICAMENTE INCORRECTO

Por supuesto que el hecho de que Alemania se sume a la denuncia formulada ante la CPI por Argentina, Canadá, Colombia, Costa Rica, Perú, Chile, Paraguay y Francia sería de gran resonancia e impacto político internacional contra el régimen genocida de Maduro y aumentaría el cerco en su contra, pero jurídicamente presentaría el obstáculo antes anotado y el cual muy probablemente sea el centro de una decisión desechando esta nueva denuncia del citado grupo de países en razón del principio de complementariedad: “Si Alemania puede juzgarlo no puede proponerse ante la CPI”.

MI PROPUESTA ES DENUNCIAR EN ALEMANIA a MADURO, PADRINO LÓPEZ, DIOSDADO CABELLO y a J.L. RODRÍGUEZ ZAPATERO

Creo en presentar el caso ante la Fiscalía Federal Alemana para que sea ésta la que active el proceso criminal contra Nicolás Maduro y su camarilla, principalmente contra quien delictivamente lo sostiene en el poder por la fuerza de las armas, el general Vladimir Padrino López; contra Diosdado Cabello señalado como jefe de la banda que desde el gobierno de Maduro opera el narcotráfico a Estados Unidos y Europa, y a José Luís Rodríguez Zapatero ex presidente del gobierno de España como cómplice de los delitos de Lesa Humanidad que se imputan a los anteriores.

El argumento fundamental sería que en virtud que Alemania reconoce que la situación venezolana presenta un cuadro delictivo de competencia universal y para la cual hay previsión en su legislación nacional, es de ineludible obligación que la procese en razón del principio de complementariedad que rige en el Estatuto de Roma, del cual forma parte desde el 11 de diciembre del 2000, el cual impone a los países parte el deber de juzgar internamente los señalados delitos de jurisdicción universal, y solo en caso de que por razones verdaderas no pueda o no quiera hacerlo surge la competencia de la CPI.

 MEJOR BUSQUEMOS JUSTICIA EN ALEMANIA QUE EN CASA DE FATOU BENSOUDA

Y es que en la organización judicial germana no está de embajadora Haifa el Aissami que lleva comprometedores regalos; ni hay una fiscal que en su currículum aparezca haber sido agente principal de un feroz dictador que ejecutó iguales y hasta peores crímenes que los que ocurren en Venezuela; ni que esté involucrada en un escándalo por tratar de cobrar los 16 millones de dólares que ésta pretende de un banco de Dubai por un turbio contrato de su marido con un policía de la dictadura africana donde ella fue factor principal.

 

 




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.