Solo el salario normal es lo que deben reflejar las personas naturales a la hora de declarar el Impuesto Sobre La Renta, por lo que no deben incluir pago de horas extras, bonos, cesta ticket ni ninguna otra remuneración adicional.

Esta aclaratoria fue hecha por el especialista en gerencia fiscal Carlos Alvarado, durante su ponencia en la Jornada de Actualización del Colegio de Contadores del Estado Carabobo, que se realizó este sábado en el auditorio de la iglesia San Antonio de Prebo.

Alvarado recomendó a las personas naturales que no se guíen por lo que refleja la planilla ARC, porque este es un resumen de los ingresos del año, donde se incluye pago de vacaciones y de utilidades.

El experto comentó que lamentablemente la administración tributaria siempre divulga que la ARC es el documento idóneo para hacer la declaración, cuando realmente no es así.

La declaración de lo recibido únicamente por el salario normal devengado ha sido ratificado en varias oportunidades por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, refirió el contador.

Alvarado citó además que en la actualidad hay un desgravamen de 32 mil unidades tributarias, (9 millones 600 mil bolívares), que se le debe restar al total del salario normal. A la declaración de impuesto también se le pueden restar otros desgravámenes, como gastos médicos y de educación, entre otros.

Si queda un excedente, ese va a ser la base imponible para aplicar la tarifa y calcular el impuesto.

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Carlos Alvarado apuntó que todos los ciudadanos que hayan ganado en 2017 más de 300 mil bolívares deben declarar el impuesto. «Eso es obligatorio, pero muchos quedarán exentos de pagar el impuesto por los desgravámenes».

UNIDAD TRIBUTARIA

Camilo London, especialista tributario y docente de la Universidad Católica Andrés Bello, habló de la división de la unidad tributaria que implementó el Gobierno Nacional.

Se refirió a la unidad tributaria normal, que se calcula en base a la inflación, la Unidad Tributaria Sancionatoria y la Unidad de Calculo Aritmético del Umbral Mínimo y Máximo.

Esta última, conocida como Ucau, es en opinión del experto, la respuesta que encontró el Ejecutivo para tratar de corregir el problema de la subestimación de la unidad tributaria.

London apuntó que de acuerdo al Código Orgánico Tributario, el valor de la unidad tributaria se establece de acuerdo al índice inflacionario, pero a partir de 2007 se violenta el procedimiento y se empezó a hacer el ajuste por parámetros distintos. Esto generó una subestimación del valor de la UT, a tal punto que cuando se ajustó a 300 bolívares, el valor que debió tener era de ocho mil bolívares. London estima que el valor de la UT en la actualidad debería ser de 220 mil bolívares, en febrero de 2018.

La Ucau fue fijada en 10 mil 850 bolívares, pero ese valor también está muy por debajo de lo que debería ser.

El experto considera que la división de la unidad tributaria genera confusión entre los ciudadanos, porque ahora hay tres medidas y muchos no saben cuál es la que se va a utilizar y para qué.

Explicó que la UT sancionatoria solo aplica para sanciones. La Ucau solo para efectos del manejo de caja chica, viáticos y algunos estándares presupuestarios de la administración pública. La otra UT aplica para los desgravámenes y para el pago de la cesta ticket, entre otros.

La presidenta del Colegio de Contadores de Carabobo, Rosmary Di Pietro, destacó laimportancia de las jornadas de actualización profesional para el apoyo a los colegas en la actualización de información nueva, importante para prestar sus servicios en esta temporada de zafra tributaria y financiera.

Fue una jornada de mucha altura, con ponentes destacados en el ámbito nacional y contenido de gran utilidad, detalló Di Pietro




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